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Multas absurdas
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Multas injustas hay muchas, multas erróneas a montones, pero
además, hay otro tipo de multas... las multas absurdas. Aquellas que dan un
salto más allá en la prepotencia de quien las emite, convirtiendo al agente
sancionador, o al propio sistema, en alguien o algo aborrecible.
No es la primera vez que hablo de este asunto en el blog; en
diciembre de 2013 publiqué una entrada indicando algunas de las cosas
por las que nos podían multar, y a lo largo del tiempo he
hablado de algunas en concreto; basta con buscar en el blog la palabra multa y
nos aparecerán multitud de artículos relacionados.
Hace unos días leí que habían multado a un hombre por llevar dos
tirachinas en la guantera del coche (uno de ellos sin goma) y que la multa por
eso podía ser de 300 euros, pero bien podría alcanzar los 30.000 euros. Sin
duda y por lo que el propio afectado comentaba, el hecho de acabar siendo
multado fue por la falta de feeling
entre él y el agente, dado que se trataba de un control rutinario y el policía
lo primero que le preguntó era si había sido detenido en alguna ocasión. La
respuesta fue un tanto airada. Que multen por cualquier cosa cuando no ha
habido entendimiento previo es más habitual de lo que pueda parecer (el
síndrome de la placa). Pero lo de los tirachinas me llamó la atención porque ya
había antecedentes de ello; yo mismo comentaba en la entrada a que he hecho
antes referencia que habían multado a una conductora con 300 euros por llevar
un tirachinas de madera completamente artesano colgando del retrovisor al
considerarlo un arma.
¿Con qué otras multas absurdas nos encontramos?
1.
Dejando el tema del
móvil aparte, es muy habitual hablar con el acompañante (si lo hay) mientras se
conduce. Evidentemente eso no está prohibido, pero sepa que le pueden multar
por ello. Basta con que el agente diga que no presta la suficiente atención a la
conducción para que el hecho de hablar con el acompañante sea sancionable.
Importe de la multa: 80 euros. Prácticamente imposible de ganar el recurso
porque siempre prevalecerá la palabra del agente que se ratificará de los
hechos denunciados.
2.
En julio de 2014 un
radar multó a un coche por exceso de velocidad, con la particularidad de que
dicho coche, si bien era cierto que pasaba por allí en esos momentos, no era
menos cierto que estaba averiado e iba subido a una grúa.
3.
Lo de rascarse la
oreja está muy visto como excusa cuando alguien es sorprendido hablando por el
móvil mientras conduce, pero que sea una excusa recurrente no significa que no
pueda ser cierto muchas veces; en especial cuando el agente se limita a anotar
la matrícula del coche sin detener al conductor y sin más pruebas que lo que al
policía le haya parecido ver. Sobre esto hay un caso en el que finalmente se
ganó el recurso. Se trata de un abogado canario que en 2003 recurrió una multa
de este tipo. Unos agentes le pararon y le acusaron de ir hablando por el
móvil; él pudo demostrar que no era cierto porque la última llamada registrada
en el móvil era del día anterior. ¿Cómo reaccionaron los agentes? Multándolo
por «sujetarse
la oreja con su mano derecha de forma permanente sujetando el volante con
una mano». El importe de la multa: 200 euros y 3 puntos. El
afectado se lo cogió con guasa y al final ganó un recurso en el que no dudó en
argumentar el asunto con cierto humor, añadiendo comentarios como que el
atestado policial no especificaba qué oreja se sostenía, ni cuántas orejas
tenía. También añadió que la legislación no prohíbe rascarse mientras se
conduce ni obliga a pararse en el arcén para ello.
4.
La Policía Municipal de Reus multó a un conductor con 100 euros
por llevar la música del coche demasiado alta. Puede que fuera sancionable,
pero ¿quién determina lo que es demasiado alta?
5.
A uno lo pueden multar
después de muerto, como le ocurrió a un tal Manuel José Lara en 2012. Cierto
que en este caso la culpa fue de la compañía de alquiler de vehículos que por
error transcribió sus datos en lugar de los del conductor real ante una
petición de información de Tráfico.
6.
Por el simple hecho de
girarse para mirar el radar también
lo pueden multar a uno como ya comenté en junio pasado.
7.
Y ni siquiera es
necesario conducir para ser multado. Hay antecedentes de haber multado con 200
euros a un pasajero (con el cinturón puesto) por no viajar con la espalda
pegada al respaldo.
Aprovecho para repetir uno de mis consejos: Las multas hay que
recurrirlas todas; siempre hay una posibilidad de ganar, aunque sea por
prescripción de alguno de los plazos.
Ramón Cerdá
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