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martes, 2 de diciembre de 2014

Multas absurdas


Multas absurdas


Multas injustas hay muchas, multas erróneas a montones, pero además, hay otro tipo de multas... las multas absurdas. Aquellas que dan un salto más allá en la prepotencia de quien las emite, convirtiendo al agente sancionador, o al propio sistema, en alguien o algo aborrecible.
No es la primera vez que hablo de este asunto en el blog; en diciembre de 2013 publiqué una entrada indicando algunas de las cosas por las que nos podían multar, y a lo largo del tiempo he hablado de algunas en concreto; basta con buscar en el blog la palabra multa y nos aparecerán multitud de artículos relacionados.
#multas absurdas
Hay muchas multas absurdas
Hace unos días leí que habían multado a un hombre por llevar dos tirachinas en la guantera del coche (uno de ellos sin goma) y que la multa por eso podía ser de 300 euros, pero bien podría alcanzar los 30.000 euros. Sin duda y por lo que el propio afectado comentaba, el hecho de acabar siendo multado fue por la falta de feeling entre él y el agente, dado que se trataba de un control rutinario y el policía lo primero que le preguntó era si había sido detenido en alguna ocasión. La respuesta fue un tanto airada. Que multen por cualquier cosa cuando no ha habido entendimiento previo es más habitual de lo que pueda parecer (el síndrome de la placa). Pero lo de los tirachinas me llamó la atención porque ya había antecedentes de ello; yo mismo comentaba en la entrada a que he hecho antes referencia que habían multado a una conductora con 300 euros por llevar un tirachinas de madera completamente artesano colgando del retrovisor al considerarlo un arma.

¿Con qué otras multas absurdas nos encontramos?

1.    Dejando el tema del móvil aparte, es muy habitual hablar con el acompañante (si lo hay) mientras se conduce. Evidentemente eso no está prohibido, pero sepa que le pueden multar por ello. Basta con que el agente diga que no presta la suficiente atención a la conducción para que el hecho de hablar con el acompañante sea sancionable. Importe de la multa: 80 euros. Prácticamente imposible de ganar el recurso porque siempre prevalecerá la palabra del agente que se ratificará de los hechos denunciados.
2.    En julio de 2014 un radar multó a un coche por exceso de velocidad, con la particularidad de que dicho coche, si bien era cierto que pasaba por allí en esos momentos, no era menos cierto que estaba averiado e iba subido a una grúa.
3.    Lo de rascarse la oreja está muy visto como excusa cuando alguien es sorprendido hablando por el móvil mientras conduce, pero que sea una excusa recurrente no significa que no pueda ser cierto muchas veces; en especial cuando el agente se limita a anotar la matrícula del coche sin detener al conductor y sin más pruebas que lo que al policía le haya parecido ver. Sobre esto hay un caso en el que finalmente se ganó el recurso. Se trata de un abogado canario que en 2003 recurrió una multa de este tipo. Unos agentes le pararon y le acusaron de ir hablando por el móvil; él pudo demostrar que no era cierto porque la última llamada registrada en el móvil era del día anterior. ¿Cómo reaccionaron los agentes? Multándolo por «sujetarse la oreja con su mano derecha de forma permanente sujetando el volante con una mano». El importe de la multa: 200 euros y 3 puntos. El afectado se lo cogió con guasa y al final ganó un recurso en el que no dudó en argumentar el asunto con cierto humor, añadiendo comentarios como que el atestado policial no especificaba qué oreja se sostenía, ni cuántas orejas tenía. También añadió que la legislación no prohíbe rascarse mientras se conduce ni obliga a pararse en el arcén para ello.
4.    La Policía Municipal de Reus multó a un conductor con 100 euros por llevar la música del coche demasiado alta. Puede que fuera sancionable, pero ¿quién determina lo que es demasiado alta?
5.    A uno lo pueden multar después de muerto, como le ocurrió a un tal Manuel José Lara en 2012. Cierto que en este caso la culpa fue de la compañía de alquiler de vehículos que por error transcribió sus datos en lugar de los del conductor real ante una petición de información de Tráfico.
6.    Por el simple hecho de girarse para mirar el radar también lo pueden multar a uno como ya comenté en junio pasado.
7.    Y ni siquiera es necesario conducir para ser multado. Hay antecedentes de haber multado con 200 euros a un pasajero (con el cinturón puesto) por no viajar con la espalda pegada al respaldo.
Aprovecho para repetir uno de mis consejos: Las multas hay que recurrirlas todas; siempre hay una posibilidad de ganar, aunque sea por prescripción de alguno de los plazos.
Ramón Cerdá
 
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