Arco Iris integrada en Pladesemapesga hace públicas
sus conclusiones del recurso del Prestige que se verá el SEÑALAMIENTO DE LA
VISTA 29.9.15 a las 10:30 horas en la Sala Segunda del Supremo.
López Sors se encuentra incurso en otra causa
que emana de la misma del Prestige, la carta que remitió de su puño y letra a
Luis Pedrosa exigiéndole dinero público para callar la boca, "no tirar de
la manta" y que podría cambiar la sentencia del Prestige.
La defensa del condenado, Sr. Apostolos
Ionnis Mangoras y de las mercantiles
navieras (Mare Shipping y Universe
Maritime ) mantuvieron durante toda la vista que durante los días 13-11-202
hasta el 15-11-2002 ,el buque
“Prestige” no había vertido crudo en el mar ;y que solo comenzó el
vertido de fuel cuando su defendido no capitaneaba el barco siniestrado.
Respecto a la responsabilidad del Sr.Lopez
Sors hacemos la siguientes interpretación de los hechos probados y disentimos
de la sentencia dentro de una lógica
jurídica y de racionabilidad ; confiarle el buque petrolero a la rescatadora
holandesa Smit es el núcleo de la acción peligrosa realizada por el de aquellas
Director General de la Marina Mercante, porque no se escoge el mal menor , ya
que se manda alejar el barco de la costa
sin un destino predeterminado. Un simple vistazo a lo reproducido en la página
138 de la sentencia recurrida para darnos cuenta, sin ser un técnico, ni tener
conocimientos de navegación que llevar un petrolero mar a dentro vertiendo fuel
al Océano ,y cambiar el rumbo del mismo por presiones de los dos Estados vecinos al nuestro; es una
sin razón.
El Director General de la Marina Mercante no
ha cometido un delito por omisión, sino por acción desde el momento que la Administración
Central del Estado asumió el mando y el control del petrolero averiado, partir del día 15 de noviembre del 2002, si lo
cometió.
La prohibición de verter hidrocarburos en el
mar está contenido en el tipo penal del art.325 y ss de nuestro Código Penal
por lo que no es necesario infringir ninguna normativa internacional.
Bajo el punto de vista de todo el movimiento
ecologista, verter residuos nucleares a
la fosa Atlántica, productos químicos y material inorgánico a los mares,
arrojar hidrocarburos al Océano, es un
delito de lesa humanidad y la lucha de todos los movimientos verdes es la
tipificación penal de los mismos a través del Tribunal penal
internacional.
En la sentencia se dice: “la imprudencia no
es más que un juicio de valor
que no puede vincularse con el resultado de
una conducta sino con las motivaciones……de modo que si la motivación fue evitar una catástrofe o
paliarla no se le puede atribuir a ese comportamiento ninguna responsabilidad
penal”.
“NON TAM SCRIPTURA QUAM VERITAS CONSIDERARI
SOLET”
Hay que atenerse no tanto al documento como
a la verdad (Regula iuris).
Se dice Regula Iuris, de las máximas
formuladas en la época de recepción del Derecho Romano, y partir de esta .No
son glosas o comentarios sino “Reglas de Derecho”, de nueva formulación,
basadas en la Doctrina antigua. Tal expresión se utilizaba ya en el Digesto, y
se sigue utilizando hoy.
“Había Jueces, antes de que hubiese leyes;
esos Jueces, en esos tiempos de ignorancia y tosquedad, eran Ministros de
equidad entre los hombres; y aún lo son cuando les dirigen las leyes escritas;
es decir, que no pueden, con el pretexto de la oscuridad y del silencio de las
leyes, suspender arbitrariamente su Ministerio”.
Pladesemapesga entiende como de justicia la
NULIDAD de todo lo actuado, los verdaderos responsables están ausentes, los
juzgados comprados con dinero público, y el juicio convertido según entes
internacionales en una obra de teatro escrita diez años antes, donde lo que se
ha vivido es representado por fuera de los autos, por ello es de justicia
volver al principio y que sea un juzgado popular sin condicionantes políticos
quien proponga a los verdaderos culpables, les hagan un traje a rayas con
"hilillos de plastilina" para que se lo pongan por muchos años..
Se adjuntan
documentos.
2014_0001167_001_20151007840078520150907122352_03.pdf notificación judicial de la vista
2014_0001167_001_20151007840078520150907122352_03_2807912001000006717620142807
91200122.doc Auto Judicial de la sala del Supremo de la
Vista
ALFARO.doc recurso arco iris sentencia del prestige
CCI18092015.jpg copia registro recuso en el juzgado
Nota de prensa; Arco Iris integrada
en Pladesemapesga hace públicas sus conclusiones del recurso del Prestige que
se verá el SEÑALAMIENTO DE LA VISTA 29.doc
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