Arco Iris integrada en Pladesemapesga
hace públicas sus conclusiones del recurso del Prestige que se verá el
SEÑALAMIENTO DE LA VISTA 29.9.15 a las 10:30 horas en la Sala Segunda del
Supremo.
López
Sors se encuentra incurso en otra causa que emana de la misma del Prestige, la
carta que remitió de su puño y letra a Luis Pedrosa exigiéndole dinero público
para callar la boca, "no tirar de la manta" y que podría cambiar la
sentencia del Prestige.
La
defensa del condenado, Sr. Apostolos Ionnis Mangoras y de las mercantiles navieras (Mare Shipping y Universe Maritime ) mantuvieron durante
toda la vista que durante los días
13-11-202 hasta el 15-11-2002 ,el
buque “Prestige” no había vertido crudo
en el mar ;y que solo comenzó el vertido de fuel cuando su defendido no
capitaneaba el barco siniestrado.
Respecto
a la responsabilidad del Sr.Lopez Sors hacemos la siguientes interpretación de
los hechos probados y disentimos de la sentencia dentro de una lógica jurídica y de
racionabilidad ; confiarle el buque petrolero a la rescatadora holandesa Smit
es el núcleo de la acción peligrosa realizada por el de aquellas Director
General de la Marina Mercante, porque no se escoge el mal menor , ya que se manda alejar el barco de la costa sin un
destino predeterminado. Un simple vistazo a lo reproducido en la página 138 de
la sentencia recurrida para darnos cuenta, sin ser un técnico, ni tener
conocimientos de navegación que llevar un petrolero mar a dentro vertiendo fuel
al Océano ,y cambiar el rumbo del mismo por presiones de los dos Estados vecinos al nuestro; es una
sin razón.
El
Director General de la Marina Mercante no ha cometido un delito por omisión,
sino por acción desde el momento que la
Administración Central del Estado asumió el mando y el control del
petrolero averiado, partir del día 15 de noviembre del 2002, si lo
cometió.
La
prohibición de verter hidrocarburos en el mar está contenido en el tipo penal
del art.325 y ss de nuestro Código Penal por lo que no es necesario infringir
ninguna normativa internacional.
Bajo
el punto de vista de todo el movimiento ecologista, verter residuos nucleares a la fosa
Atlántica, productos químicos y material inorgánico a los mares, arrojar hidrocarburos al Océano, es un delito de lesa
humanidad y la lucha de todos los movimientos verdes es la tipificación penal
de los mismos a través del Tribunal penal internacional.
En
la sentencia se dice: “la imprudencia no es más que un juicio de valor
que
no puede vincularse con el resultado de una conducta sino con las
motivaciones……de modo que si la
motivación fue evitar una catástrofe o paliarla no se le puede atribuir a ese
comportamiento ninguna responsabilidad penal”.
“NON
TAM SCRIPTURA QUAM VERITAS CONSIDERARI SOLET”
Hay
que atenerse no tanto al documento como a
la verdad (Regula iuris).
Se
dice Regula Iuris, de las máximas formuladas en la época de recepción del
Derecho Romano, y partir de esta .No son glosas o comentarios sino “Reglas de
Derecho”, de nueva formulación, basadas en la Doctrina antigua. Tal expresión
se utilizaba ya en el Digesto, y se sigue utilizando hoy.
“Había
Jueces, antes de que hubiese leyes; esos Jueces, en esos tiempos de ignorancia
y tosquedad, eran Ministros de equidad entre los hombres; y aún lo son cuando
les dirigen las leyes escritas; es decir, que no pueden, con el pretexto de la
oscuridad y del silencio de las leyes, suspender arbitrariamente su
Ministerio”.
Pladesemapesga
entiende como de justicia la NULIDAD de todo lo actuado, los verdaderos
responsables están ausentes, los juzgados comprados con dinero público, y el
juicio convertido según entes internacionales en una obra de teatro escrita
diez años antes, donde lo que se ha vivido es representado por fuera de los
autos, por ello es de justicia volver al principio y que sea un juzgado popular
sin condicionantes políticos quien proponga a los verdaderos culpables, les
hagan un traje a rayas con "hilillos de plastilina" para que se lo
pongan por muchos años..
Se adjuntan documentos.
2014_0001167_001_20151007840078520150907122352_03.pdf notificación judicial de la vista
2014_0001167_001_20151007840078520150907122352_03_2807912001000006717620142807
91200122.doc
Auto Judicial de la sala del Supremo de la Vista
ALFARO.doc
recurso arco iris sentencia del prestige
CCI18092015.jpg
copia registro recuso en el juzgado
Nota de prensa; Arco Iris integrada en Pladesemapesga hace públicas sus
conclusiones del recurso del Prestige que se verá el SEÑALAMIENTO DE LA VISTA
29.doc
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