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viernes, 13 de abril de 2012

Limitación del pago en efectivo a 2.500 euros


El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un anteproyecto de ley en el que incluye una serie de medidas para luchar contra el fraude fiscal, como la limitación del uso de efectivo a 2.500 euros en operaciones en las que intervenga al menos un empresario profesional o la obligación informar a Hacienda sobre las cuentas bancarias en el extranjero. 
las acciones antifraude 8.171 millones de euros. Entre las principales medidas anunciadas por el Ejecutivo destacan:

Limitación del pago en efectivo a 2.500 euros

Tal y como anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoyel pasado miércoles en el Congreso de los Diputados, se limita el pago en efectivo a 2.500 euros en las operaciones en las que intervenga al menos "un empresario profesional", una medida pionera en España según Montoro. Tanto el pagador como el receptor de pagos en efectivo superiores a esa cantidad podrán ser sancionados. 
Esta limitación se ha establecido en función de los "volúmenes del tráfico mercantil" y no se aplicará a los particulares ni a las operaciones con los bancos. Cuando el pagador sea no residente en España, ese límite se amplía hasta los 15.000 euros con el fin, según Montoro, "de favorecer al turista que viene a hacer compras en España".
Sin embargo, el Ministerio de Hacienda perdonará la sanción al pagador o receptor de pagos en efectivo superiores a 2.500 euros cuando éste comunique el fraude a la Agencia Tributaria dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago.
Asimismo, tanto pagador como receptor responderán de manera solidaria por la multa del 25%y ésta no eximirá de otros delitos que puedan ser detectados, como facturas falsas o rentas no declaradas, entre otras cosas. Esta medida entrará en vigor de forma inmediata, tal y como ha dicho el Gobierno.

Evitar que los defraudadores se declaren insolventes

La Agencia Tributaria podrá tomar medidas cautelares para evitar que los deudores se declaren en situación de insolvencia o cometan un alzamiento de bienes, es decir, los oculte o haga 'desaparecer', para que Hacienda no pueda cobrar, según ha anunciado Sáenz de Santamaría. La vicepresidenta ha afirmado que en los tribunales españoles hay expedientes fiscales abiertos por 6.000 millones que están pendientes de cobro.

Según ha explicado, en muchas deudas tributarias que están pendientes por delito fiscal o por expedientes de inspección de la Agencia Tributaria "el deudor se coloca en situación de insolvencia que impide su cobro después de procesos administrativos muy largos y procesos judiciales muy tortuosos". Para evitar esta situación, la Agencia Tributariapodrá adoptar medidas que eviten la situación de insolvencia de los deudores con el objetivo de hacer efectivo el cobro de la deuda.

Además, el Ejecutivo pretende potenciar la figura del inspector, estableciendo un régimen sancionador "estricto y duro", según Montoro. Para ello, se establecerán multas de entre 1.000 y 100.000 euros por obstaculizar la labor de la inspección de la Agencia Tributaria.

Obligación de informar sobre cuentas en el extranjero

Una de estas iniciativas podría ser la que obligará a los ciudadanos a informar a los organismos tributarios de todas las cuentas abiertas en entidades financieras en el extranjero, anunciada este jueves por el ministro de Hacienda. Esta obligación afectará tanto a titulares como a beneficiarios o a aquellos que figuren como autorizados o con poderes en estas cuentas. 
Otra de las novedades que detalló la vicepresidenta es que la falta de declaración provocará la "imprescriptibilidad" de la renta no declarada y, por tanto, la posibilidad de perseguir y liquidar la deuda, las sanciones correspondientes y los intereses generados "en cualquier momento en el que fuera detectada".

Exclusión del régimen de módulos a carpinteros y albañiles

Por otro lado, se establece la exclusión del régimen de módulos (el sistema por el que tributan autónomos y pymes) a aquellos empresarios o profesionales que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares y cuyo volumen de rendimientos íntegros del año anterior sea superior a 50.000 euros.

Se excluyen por lo tanto del régimen de módulos o estimación objetiva las actividades con una retención del 1%, como carpintería, confección, albañilería, cerrajería, fontanería o pintura, que deberán ahora emitir facuturas de IVA.

Los administradores de sociedades que presenten reiteradamente declaraciones por retenciones o tributos repercutidos sin ingresar la deuda tributaria, serán responsables subsidiarios de su pago cuando se acredite que no existe intención de pagar.
El plan establece la inversión del sujeto pasivo en los supuestos de renuncia a la exención del IVA vinculada a la transmisión de terrenos rústicos y segundas y posteriores ventas de edificaciones. De esta manera, el comprador sólo podrá deducirse el IVA soportado si acredita que ha ingresado el IVA repercutido.

Embargo preventivo de bienes y derechos

Además, según las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2012, Hacienda se propone aprovechar "al máximo" las posibilidades legales del embargo preventivo de bienes y derechos y las de aplicación de medidas de aseguramiento del pago de las responsabilidades derivadas del delito fiscal, "llegando incluso a solicitar el ingreso en prisión de quienes incumplan sus obligaciones de pago sin ser insolventes", y las dirigidas al especial seguimiento de la situación patrimonial de los deudores que, de forma recurrente, no pagan sus deudas.
En materia de fiscalidad internacional, la Agencia Tributaria prestará especial atención a las personas que residen en España pero localizan de manera ficticia su residencia fiscal en otros países, sobre todo en territorios de baja tributación o paraísos fiscales, con el propósito de eludir el pago de impuestos en España.
 
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