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Fraude de Ley. Hacienda recurre sentencia y vuelve
a perder
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Hacienda tiene por norma recurrirlo todo; cuando pleiteo con
ellos y gano, siempre recurren, aunque debo admitir que al contrario ocurre
igual; si soy yo quien pierdo, no se libran de mí tan fácilmente porque acabo
recurriendo (y muchas veces ganando en esa segunda instancia). Pero en este
caso no voy a hablar de un caso que me ha ocurrido a mí, sino de un asunto en
el que lo que estaba en juego era si se podía considerar en fraude de ley un
negocio realizado en un ejercicio ya prescrito.
Mi criterio, desde siempre, coincide con el del tribunal, y bajo
mi punto de vista no es posible declarar en fraude de ley unos negocios
realizados en un ejercicio ya prescrito, aunque sigan afectando a años
posteriores no prescritos.
Fraude de Ley
La sentencia que apoya este criterio es del 4 de julio de 2014
y resuelve un recurso interpuesto por la Administración General del Estado
contra una sentencia previa de la Audiencia Nacional del 24 de enero de 2013
que entendía «gravemente lesiva para sus intereses». Y es cierto, la
sentencia era gravemente lesiva para sus intereses, pero lo que no tenía en
cuenta Hacienda es que esos intereses no pueden ser llevados a cabo por encima
de la ley y en perjuicio del contribuyente.
En 1998 la empresa inspeccionada compró el 68,25 por ciento de
las acciones de otra empresa y posteriormente firmó un préstamo con una
sociedad vinculada y domiciliada en Bélgica.
Según Hacienda, la adquisición de acciones en este caso
«incrementa el endeudamemiento de la compañía», y entiende que, «habiéndose
realizado las operaciones en fraude de Ley, en cuanto a su financiación, no son
deducibles los intereses y gastos financieros abonados como consecuencia del
préstamo obtenido para la adquisición de acciones».
La Audiencia dijo: «no se pueden considerar realizados en
fraude de ley una serie de negocios realizados en el año 1998 cuyas magnitudes
han adquirido firmeza como consecuencia de la prescripción».
La sentencia actual ratifica la de la Audiencia y vuelve a darle
la razón al contribuyente. Solo me queda darle la enhorabuena por haber llegado
hasta el final.
Ramón Cerdá
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