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miércoles, 17 de septiembre de 2014

2. CASO PUJOL, ENTRE LOS JUZGADOS Y EL PARLAMENT

CASO PUJOL, ENTRE LOS JUZGADOS Y EL PARLAMENT

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 17-09-2014. Entre sus señorías en el Debate de Política General del Parlament de Catalunya, y las declaraciones de Jordi Pujol jr. ante el Juez Ruz, los catalanes de a pie, o sea los que hablan solo castellano, la mitad o más, los que hablan en catalán preferentemente, menos de la mitad, o los que somos bilingües y se nos dispara cualquiera de las dos lenguas según un mecanismo casi incomprensible, andamos desorientados. O somos unos supinos ignorantes, o quieren que lo seamos, o estamos en “Can Garlanda”, variante de “Can Seixante”, equivalente a la “casa de tócame roque” o “merienda de negros”.

Intentaré explicarme a mí mismo lo que no comprendo. En primer lugar, para despejar incógnitas,  me digo que a Pujol Ferrusola, se le entiende todo. Incluido el curioso dogma que la gente no va por el mundo con maletas llenas de dinero, lo que dicho ante un juez  significa que él, que no es de este mundo, las llevaba. Tiene cierta razón, ya ni los narcos viajan con millones ¡que también!, pues siempre se intentan trasferencias entre paraísos fiscales, pero cuando las circunstancias aprietan las maletas solucionan pagos entre los que ya ni se fían de Suiza y similares.

A su amigo el abogado Juan Piqué Vidal le pillaron ante un jet privado con un montón de millones ¡de euros! (Operación Tacos ¡nueve años! y sin juicio ¡2.000 kg. de cocaína!), y el amigo de su padre, el juez Luís Pascual Estevill, a pesar de tener una cuenta en Suiza con 600 millones de pesetas, gustaba que le trajeran al juzgado bolsas con hasta 50 millones de pesetas, que sin rubor ingresaba en los bancos cercanos a su oficina. Inmunidad e impunidad. La erótica de los montones de millones. ¡Y entiendo hasta lo de “dinamizador” de negocios!

¡Dinamizar! No da lo mismo que un empresario extorsionado, o beneficiado con una obra pública, te diga que te ingresará en Suiza, que tras abrir la caja fuerte te suelte varios montones de relucientes y crujientes billetes. Acto seguido, se coge el mejor coche de la extensa cuadra, se recoge a la novia ¡y a Andorra! Para más INRI se llama por teléfono confirmando que el camino se halla limpio y expedito. ¡Qué gozada! ¡Qué dinamismo! No es cuestión de adrenalina, sino de sentirse como Nerón ante el incendio de Roma. La erótica del Poder.

Hasta aquí todo muy entendible, incluso el cabreo de Artur Mas en el Parlament contestando a una señoría que él no es Pujol, y pide que se le juzgue por lo que él haga. Y sinceramente, tras horas de discursos, ni remotamente entiendo que va a hacer ante el 9-N. Y mi confusión se enmaraña cuando leo la prensa. No me atrevo ni a opinar esperando que algún comentarista me suelte:  

 1 COMENTARIO:

Anónimo dijo...
CONSULTA O REFERÈNDUM ??
El TC permite la celebración de consultas populares en Cataluña
¿A quién beneficia la sentencia? 

Texto completo de la sentencia del TC sobre el Estatuto de Cataluña (881 páginas, en PDF) 
Podrán realizarse «consultas no referendarias en Cataluña, mediante las cuales se recaba la opinión de cualquier colectivo sobre cualesquiera asuntos de interés público a través de cualesquiera procedimientos»


MADRID 

Día 09/07/2010 - 21.49h

La celebración de consultas populares en Cataluña, uno de los puntos controvertidos del Estatut y objetivo de las partes recurrentes, que consideraron clara la inconstitucionalidad del artículo, es, tal y como establece la sentencia del Tribunal Constitucional publicada hoy, «perfectamente conforme con la Constitución» al determinar que el artículo sí establece una distinción entre «consultas populares» y «referéndum», que sí han de celebrarse mediante consentimiento estatal, distinción cuestionada en el recurso. 

El TC permite la celebración de consultas populares en Cataluña 

EFE
. El artículo 122 del Estatuto de Autonomía sobre consultas populares atribuye a la Generalitat de Cataluña «la competencia exclusiva para el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria por la propia Generalitat o por los entes locales, en el ámbito de sus competencias, de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con excepción de lo previsto en el artículo 149.1.32 de la Constitución». Exactamente de esta última aclaración se vale el Tribunal Constitucional para considerar, tal y como puede leerse en la sentencia, que dicho artículo es constitucional… y sigue. 





Ante rollos semejantes, mejor no opinar, asegurando que a quién entiendo perfectamente es al ministro Margallo. La Vanguardia:

Margallo contempla suspender la autonomía para frenar la consulta

Carmen del Riego - El ministro de Exteriores asegura que utilizará "todos los medios a su alcance" para que no se llegue a producir


Y siguen consiguiendo todas las portadas… mientras repito que para ellos no existe el Paro… y tampoco la Corrupción, por la que todos deberían dimitir…
 
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