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Perros y vecinos, problemas de convivencia.
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Vivir en una comunidad de vecinos a veces no es tarea fácil, y
si hay perros de por medio, quizás todavía sea peor. Una vez más la sociedad
puede quedar dividida en dos grandes bloques, los que quieran tener animales en
la comunidad y los que no quieren.
¿Es válido el acuerdo entre todos los vecinos para que no
haya perros en la comunidad?
A priori la respuesta sería sí porque, aunque la legislación
permite que haya perros, los estatutos de la comunidad podrían acordar que no
los hubiera, ahora bien, no hay que precipitarse porque este acuerdo podría ser
impugnado en cualquier momento si entrara un nuevo vecino y quisiera que
prevaleciera su derecho a tenerlo en casa. O sea, que los estatutos en este
caso no tienen mucha validez.
Otras cosas que habría que saber sobre la tenencia de perros
en comunidades de vecinos:
1.
Si bien la Ley de
Propiedad Horizontal no prohibe la tenencia de perros o de otros animales
domésticos, sería conveniente consultar la normativa de cada ayuntamiento
porque estos sí que pueden limitar el número de mascotas.
2.
Si en su casa usted
tiene cuatro perros o más, debe declararla como «núcleo zoológico» a efectos de
las inspecciones o controles que puedan ser necesarios.
3.
El propietario de una
vivienda alquilada puede prohibir expresamente que haya animales en el interior
de la misma. Para ello será imprescindible que lo hubiera hecho constar en el
contrato de alquiler.
4.
Los principales
problemas pueden llegar cuando el propietario del animal lo lleva sin correa
por la comunidad, o no mantiene la debida higiene, o el perro no deja dormir a
los vecinos por la noche. En esos casos lo primero que hay que hacer es
notificárselo por burofax, y a partir de ahí emprender las acciones legales
pertinentes; en cualquier caso... un serio problema de difícil solución.
Ramón Cerdá
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