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Prueba de alcoholemia a un Guardia Civil.
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¿Sabían ustedes que los agentes de la Guardia Civil también
están obligados a someterse a la prueba de alcoholemia, incluso si no están
conduciendo, cuando son requeridos para ello por un mando superior?
Sentencia condenatoria por negarse a la prueba de
alcoholemia
Una reciente sentencia confirma la sanción de seis meses de
suspensión a un agente que, mientras estaba multando a un conductor, tuvo la
inesperada visita de un mando que se percató de que, tanto él como su
compañero, tenían síntomas de haber bebido (olor a alcohol en el aliento, habla
balbuciente e inseguridad al andar).
Ambos fueron requeridos a someterse a la prueba de alcoholemia y
los dos se negaron a ello. El resultado fue que les retiraron las armas y
posteriormente fueron sancionados con seis meses de suspensión y cambio de
destino. Uno de ellos recurrió ante el tribunal al entender que la sanción era
excesiva y que no estaba demostrado que hubiera bebido.
Los hechos ocurrieron en 2011, y según el fallo hay testimonios
suficientes. Durante el control rutinario se escuchó a sus compañeros decir:
«vas borracho y te has negado a soplar», «has bebido, vas borracho».
En cualquier caso la sanción no es por ir borracho sino por
negarse a someterse a la prueba de alcoholemia, lo cual está tasado como falta
muy grave en el reglamento disciplinario de la Guardia Civil. También hay que
tener en cuenta que la sanción tampoco se limitaba al hecho de haberse negado a
someterse a la prueba de alcoholemia, sino a la desatención del servicio, otra
falta muy grave. Por lo visto, horas antes de su relevo, y por lo tanto cuando
estaban aún de servicio, se les vio frecuentando varios bares de la localidad
de Guadarrama, y aunque no hay testimonios de lo que bebieron, se supone que
era alcohol en vista del resultado final.
Imagino que los de los bares habrán preferido no decir lo que
les sirvieron, que seguramente ni siquiera cobraron, porque esa es otra
costumbre bastante afianzada en el cuerpo.
Ramón Cerdá
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