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martes, 21 de abril de 2015

Las escuchas a Fran Nicolás son legales: las autorizó el magistrado del CNI

Las escuchas a Fran Nicolás son legales: las autorizó el magistrado del CNI.

El juez del Tribunal Supremo que tramita las peticiones del Centro Nacional de Inteligencia dio el visto bueno, aunque el servicio secreto no quiere que aparezcan en el sumario

Fran Nicolás planteará como principal línea de defensa, ante los problemas judiciales que le acosan, que las conversaciones que le grabaron eran escuchas ilegales y por esto no tienen validez. Sin embargo, fue una actuación legal: lo autorizó el magistrado del Supremo dedicado al CNI.
Fran Nicolás, durante una entrevista en Telecinco. Fran Nicolás, durante una entrevista en Telecinco.

Francisco Nicolás Gómez Iglesias, quien se presentó como enviado de la Casa Real, el Gobierno y el CNI para conseguir entrevistarse con personas como el empresario Javier de la Rosa y el responsable de Manos Limpias, Miguel Bernard, lo anunció el sábado, en el programa ‘Un Tiempo Nuevo’, de Telecinco.
Como parte de su intento de salir indemne de los sumarios abiertos en su contra, ante las cámaras afirmó: “Puedo anunciar que voy a denunciar al ex comisario de Asuntos Internos, Martín Blas, al instructor y a dos agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) por una grabación en la que se me ha escuchado ilegalmente vulnerando el derecho a las telecomunicaciones”.

Orden de intervención telefónica

Sus palabras no responden a la realidad, según revelan a El Confidencial Digital personas relacionadas con el servicio de inteligencia. Según su versión, cuando detectaron que el llamado ‘pequeño Nicolás’ estaba haciéndose pasar por representante de las más altas instituciones del Estado para su propio beneficio, solicitaron a uno de los magistrados del Tribunal Supremo, adscritos al servicio de inteligencia, Pablo Lucas y Julián Sánchez Melgar, una orden de intervención telefónica contra él.
Obtenida la autorización, comenzaron a escuchar sus conversaciones, lo que, sumado a las acciones encubiertas de control de sus movimientos durante las 24 horas del día, les llevó a confirmar sus actuaciones irregulares y a pasar a Asuntos Internos de la Policía los datos de que disponían.

El CNI no entrega sus informaciones

Ambos cuerpos siguieron conjuntamente con la investigación –los espías, desde la sombra-, basándose en los primeros datos obtenidos. El problema surgió cuando se procedió a la detención del joven y se judicializó el asunto.
El problema jurídico viene suscitado porque el CNI pide a diario a sus magistrados órdenes de penetraciones clandestinas, escuchas telefónicas e intromisión en ordenadores, pero nunca entrega su contenido a ningún juez que no sea el suyo, el que ha firmado los mandamientos.
Cuando consideran que algunas de sus investigaciones, de las que solo informan al Gobierno, tienen ramificaciones que aconsejan pasar los datos a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, siempre esconden esos contenidos concretos.

El espía ruso

El precedente más conflictivo hasta el momento se vivió en 2010, con la condena del ex agente Roberto Flórez a nueve años de prisión por un delito de traición, al ser considerado culpable de haber vendido información del CNI al servicio secreto ruso.
Su abogado supo que durante la investigación “La Casa” había pinchado el teléfono de Flórez y había penetrado clandestinamente en su domicilio, y que lo habían hecho con una orden firmada por el magistrado del Supremo adscrito en ese momento. Argumentó que legalmente se debían haber introducido en el sumario esas actuaciones y haber informado a su defendido para que hubiera podido tenerlas en cuenta en su defensa. El CNI se opuso y no pasó nada.
Francisco Nicolás, según las fuentes informantes, podría exigir que, como en cualquier otro caso de los tribunales ordinarios, esas grabaciones sean incluidas en el sumario, pero no alegar que fueron ilegales porque contaban con el apoyo de un juez. Otra cosa es que consiga que el CNI acceda a su petición.
 
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