El 1 de junio de
2015 se pone en marcha un Tablón Edictal Único en el Boletín Oficial del Estado
En el BOE del día 23 de mayo se publica Real
Decreto 385/2015, de 22 de mayo, por el que se modifica el Real
Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial
«Boletín Oficial del Estado», aprobado
el día anterior por el Consejo de Ministros.
Este Real Decreto configura un nuevo suplemento de anuncios de notificación
(Notificaciones), de carácter independiente, que formando parte indisoluble del
«BOE» y de su edición electrónica, presentará algunas características propias.
El propósito es permitir que los ciudadanos puedan tener conocimiento de
cualquier anuncio de notificación que les afecte, con independencia de cuál sea
el órgano que lo realice o la materia sobre la que versen
Hasta el momento, aquellos anuncios de notificación de las distintas
Administraciones que debían publicarse en el BOE, han venido insertándose en su
sección V (Anuncios), pero Tablón Edictal Único va a multiplicar
exponencialmente el volumen de la edición electrónica del BOE, lo que
imposibilitará la viabilidad de esta medida a través de la referida sección.
Por el motivo anterior, el Real Decreto 385/2015 configura un nuevo
suplemento de anuncios de notificación (Notificaciones),
de carácter independiente, que formando parte indisoluble del «BOE» y de su
edición electrónica, presentará algunas características propias, como la
excepción de las previsiones de edición impresa a efectos de conservación.
Aunque el nuevo suplemento, al igual que el resto del diario oficial, tiene
el carácter de fuente de acceso público, su aspecto más novedoso consiste en
que, una vez transcurridos tres meses desde su publicación, los
anuncios de notificación solo resultarán accesibles mediante un código de
verificación de carácter único y no previsible.
La modificación del Real
Decreto 181/2008, se completa con diversas previsiones en relación con el
procedimiento de publicación, dirigidas a incrementar la utilización de medios
electrónicos y a establecer las líneas generales del sistema automatizado de
remisión y gestión telemática para la publicación de los anuncios de
notificación, previsto en la nueva disposición adicional vigésimo primera de la
Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
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