Declaración voluntaria fuera de plazo
by Ramón
Cerdá
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Bueno, después de varios post hablando de Policía y Guardia
Civil, tengo que volver al redil, así que aquí va un artículo más sobre mi
queridísima Hacienda. ¿Alguien de los presentes ha presentado una declaración
voluntaria fuera de plazo? Solo quería decir que, vistas algunas actuaciones de
Hacienda, debo insistir en que tendríamos que plantearnos muy bien las
consecuencias antes de hacerlo. A veces es mejor mantener la boca callada y que
sea Hacienda quien averigüe (si puede) lo que hemos dejado de presentar, porque
se supone que cuando alguien presenta una declaración voluntaria fuera de plazo
sin haber sido requerido para ello, debería tener un trato, si no de favor,
cuanto menos de respeto, pero la realidad es muy distinta.
Declaración voluntaria fuera de plazo. Bochorno
internacional
El caso que quería comentar es el ocurrido después de que
Hacienda terminara la que se considera primera inspección en la que ya se
aplica todo el régimen sancionador sobre la normativa de declaraciones de
bienes en el extranjero. Un hito histórico que supondrá otra mancha más (muy
gorda y fea) en la otrora buena imagen de Hacienda.
La Union Europea abrirá por ello un expediente contra la
inspección fiscal española, lo cual debería de avergonzarnos por la Hacienda
que tenemos y por cómo nos tratan. Bueno, yo avergonzado por eso ya hace mucho
tiempo que estoy, en todo caso, estas cosas no hacen más que darme la razón.
Lo primero que debería de quedar claro es que una declaración
voluntaria fuera de plazo tendría que estar SIEMPRE exenta de sanción si no se
ha recibido ningún requerimiento ni notificación de ningún tipo por parte de
Hacienda. Y digo que tendría que estarlo, no que lo esté.
Caso concreto: Contribuyente presenta
voluntariamente (y sin requerimiento previo) una declaración fuera de plazo,
declarando en 2014 la cantidad de 340.000 euros que tenía en inversiones
financieras en Suiza. La fecha para presentar esta declaración era 2013, pero
insisto, lo presentó sin requerimiento previo.
Reacción de la inspección: Considerarlo
como incremento de patrimonio injustificado, reclamándole al contribuyente
439.000 euros (al aplicar, además de la cuota y los intereses de demora, una
sanción del 150%).
Según la Comisión Europea: Hacienda
ha infringido el Derecho Comunitario en el régimen sancionador y será
investigada por ello.
Bajo mi punto de vista, ha infringido mucho más que eso, ha
infringido (y pisoteado) la dignidad.
Ramón Cerdá
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