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viernes, 22 de abril de 2011

La Audiencia Nacional tira de corporativismo para blindar a los jueces que liberaron a Troitiño

GUEVARA, RUIZ DE POLANCO Y BARREIRO, EN EL OJO DEL HURACÁN

La Audiencia Nacional tira de corporativismo para blindar a los jueces que liberaron a Troitiño

La Audiencia Nacional tira de corporativismo para blindar a los jueces que liberaron a Troitiño

Un agente de la Policía Nacional hace guardia en la entrada de la Audiencia Nacional (Efe)

@C. Guindal.-

No les va a hacer nada. Ni siquiera investigar. La Audiencia Nacional tira de corporativismo y asegura que los jueces de su Sección Tercera de la Sala de lo Penal actuaron correctamente, esto es, guiándose por una doctrina previa del Tribunal Constitucional. De haber un error en la sentencia, sería culpa del TC. No de la AN ni de sus magistrados.

Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz de Polanco y María de los Ángeles Barreiro están en el ojo del huracán. Su decisión de dejar en libertad al etarra Antxón Troitiño ha provocado un aluvión de críticas en la opinión pública. Aunque rectificaron ordenando su búsqueda y captura, ya era demasiado tarde: había pasado casi una semana y el terrorista había desaparecido.

La Policía no cesa en una búsqueda, que cada vez se hace más larga… Sobre todo para estos miembros de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que esperan que Troitiño sea detenido y enviado de nuevo a la cárcel donde debería permanecer otros seis años más. Hubo un error de interpretación. El tribunal se acogió a una doctrina del Tribunal Constitucional que era más bien farragosa. Por eso, sus compañeros de la Audiencia, tanto magistrados como fiscales, entienden que no hubo mala intención en la excarcelación del etarra, que se trataba de una decisión jurisdiccional que no tenía alcance disciplinario.

Esto quiere decir que la Sala tomó una decisión en base a otra sentencia de un órgano jerárquicamente superior. La Audiencia entiende que se actuó correctamente y, por tanto, ha blindado a sus compañeros. El objetivo principal en estos momentos es localizar a Troitiño y detenerle. Los esfuerzos, dicen fuentes de este órgano, deben estar enfocados a atrapar el etarra y no a pedir explicaciones al tribunal.

A pesar de los intentos de este órgano judicial, las amenazas de emprender una investigación no cesan. El PP insta al Consejo General del Poder Judicial a abrir un expediente disciplinario y el sindicato Manos Limpias anuncia su próxima denuncia a los tres magistrados.

Por actuar sin suficiente diligencia

Sin embargo, dentro del órgano de los jueces hay voces discordantes. Por un lado, se considera que, efectivamente, la Sección Tercera podría haber incurrido en una falta disciplinaria muy grave por no actuar con suficiente diligencia. Algunos apuntan incluso la posibilidad de abrir un proceso en el Tribunal Supremo por un presunto delito de prevaricación.

Otros, en cambio, defienden la postura de la Audiencia Nacional y consideran que la actuación es de carácter jurisdiccional. En este sentido, la vía para actuar contra una decisión es la del recurso, como bien se hizo por parte de la Fiscalía, y el responsable para corregirla es el superior jerárquico.

Aun así, no es descartable que en un futuro, y probablemente una vez que Troitiño sea detenido, la Sala del Gobierno de la Audiencia Nacional abra unas diligencias informativas. Eso sí, no con muchas opciones de que prospere. Si algo tienen claro en el órgano es que el tribunal decidió cambiar su criterio y ordenar la detención de Troitiño por una cuestión absolutamente jurisdiccional. En ningún caso por presiones políticas.

La doble interpretación ha sido el problema. Una sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 hablaba del doble cómputo de las prisiones preventivas. Esto significa que cada día que un reo pasa en la cárcel le cuenta como día de condena y a su vez se le resta un día de prisión preventiva. Es decir, cada día vale por dos. La Sección Tercera, además, lo interpretó desde el tiempo máximo que un preso puede estar en la cárcel, en este caso desde los treinta años en vez desde los más de 2.000 años a los que estaba condenado.

Sin embargo, cinco días después de la puesta en libertad, el Tribunal Supremo hizo pública una sentencia matizando la doctrina del Constitucional y confirmando, en el caso de dos etarras, que el tiempo pasado de prisión preventiva se debía restar al total de la condena y no del máximo cumplimiento efectivo.

De esta forma, la Sección Tercera ya tenía otra vía para rectificar lo acordado. Una vez que la defensa de Troitiño remitió su escrito sobre el recurso en contra de la libertad de la Fiscalía, la Sala se reunió de urgencia para acordar la inmediata detención, acordada en la madrugada del miércoles.

La tardanza de Gómez Bermúdez

El PP pide que se investigue también al presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Javier Gómez Bermúdez, por convocar un pleno para estudiar el recurso de la Fiscalía para este lunes. Fuentes jurídicas explican que, por una cuestión de plazos, no se podía celebrar antes. La razón es que la defensa del etarra tenía hasta el miércoles para remitir su escrito, y jueves y viernes no eran hábiles por ser festivos. Una vez que el escrito de la defensa llegó antes, el lunes, desde la Sala de lo Penal se optó porque fuera la propia Sección Tercera la que resolviera.

Y así lo hizo. Atendió al recurso del Ministerio Público y emitió una orden de detención y una euroorden para el supuesto caso que estuviera fuera de España. Parecía que la Policía le tenía localizado en el sur del país galo pero un defecto de forma en la tramitación impidió a la policía francesa actuar. La justicia del país vecino instó a la Audiencia a ampliar los datos de la euroorden, concretamente el razonamiento de por qué una persona en libertad debe ingresar de nuevo en la cárcel, lo que se llama una aclaración de complemento. Ya está hecha. Ahora, hay que esperar a que Troitiño salga de su madriguera.

 
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