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martes, 6 de septiembre de 2011

Nuevo contrato de formación en el Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia laboral

Nuevo contrato de formación en el Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia laboral

El pasado 26 de agosto se aprobó en Consejo de Ministros el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo -Programa PREPARA-. Estas medidas buscan reactivar el empleo y ofrecer una mayor estabilidad a los trabajadores. Es por esto que se prórroga el Programa PREPARA por seis meses más y se amplía el período para transformar contratos temporales en otros de fomento de la contratación indefinida. Asimismo, se prolonga hasta el final de 2013 el resarcimiento, por parte del FOGASA, del pago de ocho días de salario por despido objetivo aunque únicamente para aquellos que sean procedentes.


Contrato para el aprendizaje y la formación

Valeriano Gómez, ministro de Fomento, puntualizó en rueda de prensa como una de las razones de este contrato de aprendizaje el abandono de la formación de todos aquellos jóvenes que se vieron atraídos por el sector de la construcción y que «ahora, como consecuencia de la burbuja inmobiliaria, han perdido su trabajo y ahora no tienen ni formación ni empleo». Este contrato tiene por objeto, según el Gobierno, «la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo». Inspirado en el sistema alemán de formación dual, supone la derogación del actual contrato para la formación que apenas daba empleo al 1% de la población activa.

Las características de este nuevo contrato de formación incluyen que podrán acceder a él todos los mayores de dieciséis y menores de veinticinco años sin cualificación profesional; es decir, aquellos que no tengan el título de ESO o que, aún teniéndolo, carezcan de título universitario, de formación profesional o un certificado de profesionalidad. De forma transitoria, hasta el 31 de diciembre del 2013, se podrá realizar también con mayores de 25 y menores de 30 años. La jornada laboral será del 75% de la jornada laboral habitual en la empresa. El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas en un centro formativo. Su duración mínima será de un año, siendo la máxima de dos años, y podrá prorrogarse un año más en función del proceso formativo, teniendo derecho a toda la acción protectora de la Seguridad Social, incluida la protección por desempleo, y del FOGASA.

>> Nuevo contrato de formació y aprendizaje
 
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