El Tribunal Supremo amplía las facultades de la Inspección de Hacienda al respaldar en una sentencia que el periodo de comprobación se puede ampliar a 12 meses con apoyo únicamente en la cuantía de la futura liquidación. Es decir, si se trata de un volumen elevado, está justificada sin más la ampliación del periodo de actuaciones inspectoras.
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