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viernes, 29 de noviembre de 2013

Webs de descargas ilegales las distintas interpretaciones de los jueces

Webs de descargas ilegales

las distintas interpretaciones de los jueces


Las sentencias a menudo nos sorprenden por las distintas interpretaciones que de una misma ley o de casos similares pueden llegar a hacerse. Si tenemos en cuenta que el futuro de una persona puede verse modificado radicalmente por una sola sentencia, uno se puede poner a temblar cuando los criterios observados son tan dispares. Da la sensación de estar jugándose el futuro a los dados, y eso, salvo que uno sea adicto al juego, resulta intimidante. Últimamente han habido distintas sentencias contra webs de descargas ilegales, pero no siempre con iguales resultados.
La que quería comentar en esta ocasión es la relacionada con http://www.bajadetodo.es en la que la juez sustituta del Penal número 4 de Castellón ha dictado sentencia condenatoria al propietario, condenándolo a 18 meses de prisión, multa de 21.000 euros e inhabilitación de tres años para cualquier asunto relacionado con la creación y gestión de páginas web.
En asuntos prácticamente idénticos de webs de descargas ilegales de archivos P2P, no se ha llegado a sentencias de este tipo. El criterio de la jueza sustituta (uno se pregunta qué hubiera pasado de estar el juez titular) ha sido considerar como comunicación pública los enlaces (peligroso matiz), de manera que considera que enlazar contenidos con derechos de autor sin permiso sí es delito como así se contempla en el nuevo Código Penal.
¿Dónde veo el problema?
1.- El simple hecho de que haya criterios dispares en asuntos penales con cárcel de por medio es poco tranquilizador.
2.- Si tenemos en cuenta que el nuevo código penal todavía no está en vigor... ¿es esto una aplicación retroactiva de algo que todavía no ha sido aprobado?
Bajo mi punto de vista supongo que el asunto será recurrible y no veo justo que se aplique un criterio que ni siquiera está todavía legislado para condenar a una persona que cometió el supuesto delito bajo una legislación completamente diferente. Eso sin tener en cuenta el agravio comparativo que supone ser condenado, cuando otros en su misma situación no lo han sido.
¿Arbitrariedad?
Ramón Cerdá
 
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