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IVA del coche, las reparaciones y la gasolina
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Como ya dije en un artículo
anterior, a pesar del criterio habitual de Hacienda, cabe la
posibilidad de deducirse el 100% del IVA del coche aunque no se trate de un
vehículo comercial. Eso sí, fácil no va a ser porque hay que demostrar (y es
muy difícil) que el vehículo se usa al 100% para la empresa.

¿Nos podemos deducir más
del 50% del IVA del coche?
Desde hace algún tiempo y para evitar litigios, Hacienda admite
como buena la deducción del IVA del coche si nos limitamos a aplicar el 50%,
así que piénselo bien y si ve que va a ser complicado demostrar una mayor
afectación, dedúzcase el 50% y más vale eso que nada.
El problema hasta no hace mucho era que si usted optaba por
deducirse solo el 50% del IVA del coche, estaba admitiendo que no podía
deducirse todo el IVA del combustible, las reparaciones, los tickets de
autopista, el parking... y en definitiva de cualquier gasto accesorio al coche.
Ese criterio ha cambiado y Hacienda admite que el criterio de
los gastos debe desvincularse del criterio aplicado en la deducción del IVA del
coche. Es decir, que usted puede haberse deducido el 50% en el vehículo pero
podrá deducirse el 100% de los gastos siempre que justifique que se han
utilizado para la empresa. La salvedad la tendríamos en las reparaciones donde
parece ser que sí que los asimilarían al vehículo, con lo cual la deducción
sería del 50%.
En resumen: IVA del coche y de las reparaciones deducible al
50%, tanto el gasto como el IVA, y en cuanto a todo lo demás: parking,
combustible, autopista... al 100%
Otra buena noticia relacionada con el IVA del coche, o mejor
dicho... con el IVA de los gastos:
El cambio de criterio de Hacienda es muy reciente, pero en
realidad tendría que haber cambiado de criterio mucho antes porque el origen
está en una sentencia del Tribunal de la Unión Europea del año 2001. ¿Por qué
le digo esto? Muy sencillo: si usted se ha estado deduciendo solo el 50% de la
gasolina y otros gastos, aún está a tiempo de presentar declaraciones
complementarias de los años no prescritos y exigir que se le devuelvan los
impuestos pagados de más.
¡No se lo piense y reclámelo! Yo
no lo he hecho porque ya me deducía el 100%
Ramón Cerdá
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