Juan Carlos Maneiro Cadillo regala 227.499,20 euros por trámite urgente
y como gasto anticipado, negociado sin publicidad a SACE, entidad privada de
consultoría.
Servicios de
Auditoria y Consulting de Empresas sl está inscrita en el Registro Mercantil de
Lugo, dinero supuestamente destinado al mantenimiento de la plataforma
tecnológica de gestión del producto marino gallego, cuyo resultado de los
servicios prestados no podemos conocer, si es que existen.
DOG Núm. 70
Jueves, 15 de abril de 2010 Pág. 5.894 en RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2010 por
la que se publica la adjudicación de un contrato de servicios por designación
directa, más de 227.499,20 Euros firmando la subvención (REGALO) mediante el
DOG nº 235, del 1 de diciembre) Juan Carlos Maneiro Cadillo como Director
general de Competitividad e Innovación Tecnológica, siendo imposible su
localización en la Plataforma de Contratos de Galicia, http://www.contratosdegalicia.es
y puestos al habla con sus responsables, desconoce este contrato realizado
bajo la autoría del Sr Maneiro Cadillo.
Curiosamente en el
año 2008 recibe según el DOG Núm. 59 Jueves, 27 de marzo de 2008 Pág. 5.237,
bajo el mismo sistema de adjudicación directa o procedimiento negociado sin
publicidad. Otro montante total de 316.210
Euros, Que se suma al de Fecha: 11-12-2007. b) Contratista: Servicios de
Auditoría y Consulting de Empresas, S.L.(SACE, S.L.) d) Importe de
adjudicación: 673.311 Euros.
Todo ello a pesar
de la intencionada ocultación acreditada “censura” por parte de los
responsables de la Xunta de Galicia para que no se pudiese acceder al contenido
de la información pública sobre estos contratos a través de Internet:
“Information on the robots.txt
Robots Exclusion Standard and other articles about writing well-behaved
Web robots”.
O lo que es lo
mismo. Solamente aquellas personas que conozcan los datos con anterioridad
podrán acceder a eses datos, quedando ausentes para el público en general y por
lo tanto ilocalizables.
http://cita.es/xunta/ , y a día de hoy borrado
cualquier rastro sobre estas maniobras que constan acreditadas.
Al parecer esta
adjudicación se ha realizado presuntamente mediando fraude de ley en la
celebración de concursos públicos, vulnerando las previsiones contenidas en la
Ley de Contratos del Sector Público, tanto en su redacción dada por la Ley
30/2007, como por la del Real Decreto Legislativo 20/2011, de 14 de noviembre.
Esta adjudicación
directa al parecer se hace con total vulneración de las normas de
excepcionalidad que han de regir esas adjudicaciones directas, vulnerando no
solamente la legislación vigente sino la clara y reiterada jurisprudencia del
Tribunal Supremo al respecto, entre otras, establecida en Sentencia de
18/04/1989.
Los responsables
de los servicios públicos aplican muchas veces un contrato menor divido en tres
o dos ofertas (lotes), que les permite adjudicar directamente a un empresario
de su libre elección, sin justificar los
motivos de dicha decisión, sin publicidad ni concurrencia, un contrato de
obras (hasta 50.000€ de valor sin IVA) o servicios y suministros (hasta 18.000€
de valor sin IVA).
Dice el Tribunal
de Cuentas que: “…ocurre que en no
pocas ocasiones los órganos de contratación no justifican ni motivan
adecuadamente la razón por la que acuden al procedimiento negociado …”.
(Artículo 169 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en
adelante TRLCSP
Solicitados desmentidos o aclaraciones al Sr
Maneiro sobre las adjudicaciones, declina dar respuesta.
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