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sábado, 25 de abril de 2015

NUEVAS AYUDAS PARA LA CONCILIACION DE LOS AUTONOMOS

NUEVAS AYUDAS PARA LA
CONCILIACION DE LOS AUTONOMOS


Según RD 1/2015, recientemente publicado, se aprueban nuevas ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos.

Se establece una ayuda equivalente al 100% de la cuota de autónomos (media de los 12 meses anteriores), para:

·         Cuidado de menores de 7 años que tengan a su cargo.

·         Cuidado de aquellos familiares a su cargo hasta segundo grado inclusive.



REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS TRABAJADORES AUTONOMOS

·         Estos trabajadores deberán mantenerse en situación de alta en dicho régimen.

·         Deberán contratar a un trabajador por cuenta ajena, tanto a jornada completa como a media jornada durante el periodo de bonificación, no pudiendo ser el contrato inferior a 3 meses, desde la fecha de inicio del disfrute de la bonificación.

·         La jornada del trabajador contratado no podrá ser inferior al 50% (proporción en la cual, se reducirá la ayuda)

·         Los trabajadores autónomos que se beneficien de la ayuda, están obligados a mantener su alta, durante al menos 6 meses, tras la finalización del periodo subvencionado.

·         Solo tendrán derecho a esta bonificación aquellos autónomos que carezcan de trabajadores en el momento de la solicitud y durante los 12 meses anteriores.

Esta ayuda será compatible con el resto de bonificaciones previstas para la contratación por cuenta ajena.



EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR EL EMPRESARIO, DARÁ COMO RESULTADO LA OBLIGACIÓN DE REINTEGRAR LAS CANTIDADES DEJADAS DE INGRESAR.
 
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