NUEVAS AYUDAS
PARA LA
CONCILIACION DE
LOS AUTONOMOS
Según
RD 1/2015, recientemente publicado, se aprueban nuevas ayudas para la
conciliación de la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos.
Se
establece una ayuda equivalente al 100% de la cuota de autónomos (media de los
12 meses anteriores), para:
·
Cuidado
de menores de 7 años que tengan a su cargo.
·
Cuidado
de aquellos familiares a su cargo hasta segundo grado inclusive.
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS TRABAJADORES
AUTONOMOS
·
Estos
trabajadores deberán mantenerse en situación de alta en dicho régimen.
·
Deberán
contratar a un trabajador por cuenta ajena, tanto a jornada completa como a
media jornada durante el periodo de bonificación, no pudiendo ser el contrato
inferior a 3 meses, desde la fecha de inicio del disfrute de la bonificación.
·
La
jornada del trabajador contratado no podrá ser inferior al 50% (proporción en
la cual, se reducirá la ayuda)
·
Los
trabajadores autónomos que se beneficien de la ayuda, están obligados a
mantener su alta, durante al menos 6 meses, tras la finalización del periodo
subvencionado.
·
Solo
tendrán derecho a esta bonificación aquellos autónomos que carezcan de
trabajadores en el momento de la solicitud y durante los 12 meses anteriores.
Esta
ayuda será compatible con el resto de bonificaciones previstas para la
contratación por cuenta ajena.
EL
INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR EL EMPRESARIO,
DARÁ COMO RESULTADO LA OBLIGACIÓN DE REINTEGRAR LAS CANTIDADES DEJADAS DE
INGRESAR.
|