FRAUDE ELECTORAL 26-J.
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Me afirmo y ratifico en lo manifestado, existen indicios
racionales de fraude electoral en las elecciones del 26 de junio, y corresponde
al Juzgado de Instrucción en funciones de guardia la investigación urgente de
los hechos, con adopción de la medida cautelarísima de suspensión de la
atribución de escaños.
Suscribo la entrada publicada hoy por el blog Ataque al poder
(1).
Por lo demás, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General
encomienda a las Juntas Electorales Provinciales el escrutinio general, el cual
incluye la apertura de sobres de cada mesa y la anotación de sus
resultados (art. 105), una garantía crucial de la limpieza electoral que viene
reforzada al atribuir la presidencia y una vocalía a dos miembros del Poder
Judicial, en el caso de elecciones generales, magistrados de la Audiencia
Provincial respectiva, y la Secretaría a una Secretaria judicial del mismo
órgano.
Consecuentemente, aquellos servidores públicos que incumplieron
tan crucial deber de garantes, omitiendo la comprobación ordenada por la Ley,
deben pechar con las graves consecuencias civiles, penales y disciplinarias que
ello comporta.
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