Últimas Noticias

EIA FORMACIÓN CURSOS ESPECIALIZADOS

Última Hora

Portada

Sociedad

Sucesos

viernes, 13 de enero de 2017

El Supremo rebaja los honorarios de un abogado en un millón de euros

El Supremo rebaja los honorarios de un abogado en un millón de euros

POR Laura SaizMadrid

El tribunal confirma en su fallo que el informe de un colegio de abogados sobre la minuta no es, en absoluto, vinculante. 

La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha decidido rebajar los honorarios que solicitaba un letrado por considerar su minuta excesiva. Así, ha pasado desde los 534.433,76 euros iniciales, que se duplicaba al haber dos recurrentes (1.068.867,52 euros), hasta finalmente los 140.000 euros, a razón de 70.000 euros por cada uno de ellos, con el IVA incluido, a pesar de que en casación ya se había dado la razón a los empresarios y se había hecho una primera rebaja hasta los 120.000 euros por cada recurso.
El Supremo insiste en que "en materia de impugnación de los honorarios de letrado por excesivos, debe atenderse a todas las circunstancias concurrentes, tales como trabajo realizado en relación con el interés y cuantía económica del asunto, tiempo de dedicación, dificultades del escrito de impugnación o alegaciones, resultados obtenidos, etcétera, sin que por tanto sean determinantes por sí solos ni la cuantía ni los criterios del colegio de abogados, precisamente por ser éstos de carácter orientador". Con ello, confirma que el informe de un colegio de abogados sobre la minuta no es, en absoluto, vinculante. 

Carga real de trabajo

A pesar de que los intereses en juego ascendían a 85 millones de euros, el auto insiste en que, para fijar los honorarios, hay que valorar "la real carga de trabajo del escrito de oposición objeto de minutación, sin dejar de lado tampoco que no debe minusvalorarse el trabajo de un letrado en un recurso extraordinario ante el Tribunal Supremo".

Por este motivo, recuerda que "no se puede obviar que el trabajo del letrado en estos recursos extraordinarios está condicionado y en cierto modo aligerado por el previo estudio de las instancias anteriores en las que se reproduce la cuestión o cuestiones que acceden al recurso de casación, punto de partida que afecta a la valoración de la propia complejidad del asunto tratado y a la labor efectivamente desarrollada, objeto de retribución en la condena en costas".
 
Copyright © 2013 LA VOZ PORTADA
Powered byBlogger