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viernes, 12 de enero de 2018

Actudalidad Laboral

Actualidad Laboral
  • El inicio del año ha traído consigo la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado de 2017 en tanto no sean aprobados los de 2018, tal y como determina el artículo 134.4 de la Constitución, según el cual se consideran automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos, en tanto estos no sean aprobados antes del primer día del ejercicio económico correspondiente.
Al igual que sucediera con los de 2017, el Gobierno confía en poder aprobar los Presupuestos Generales de 2018 con el apoyo de sus socios de investidura y de los partidos que ya respaldaron los de 2017; una nueva Ley de Presupuestos que previsiblemente incluirá una rebaja del IRPF para las rentas más bajas, y una reducción del tipo impositivo del IVA del cine del 21% al 10%.
  • Como bien es sabido, los trabajadores autónomos pueden acogerse a diversas ayudas y bonificaciones otorgadas por la Seguridad Social, beneficios unos que se encontraban ya vigentes, mientras que otros han entrado en vigor con la llegada del nuevo año.
Concretamente, desde el 1 de enero es de aplicación la ampliación de un año de la «tarifa plana» de 50 euros para nuevos autónomos, medida esta a la que podrán acogerse aquellos trabajadores autónomos que no lo fueron en los dos últimos años (quienes ya disfrutaron de ella, habrán de aguardar tres años para reemprender disfrutando de esta bonificación). Las bonificaciones de la «tarifa plana» se extienden hasta los dos años, siendo que los seis meses siguientes al primer año se bonifican al 50%, y los seis siguientes, al 30%.
Por otra parte, entra igualmente en vigor la reducción al 50% de los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social (pasan del 20% al 10% durante el primer mes).
En términos de deducciones fiscales, los trabajadores autónomos podrán deducirse 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto de manutención, cuando afecte directamente a la actividad en territorio español (el doble en caso de existir pernocta). E igualmente se podrán deducir el 30% de gastos de suministros como el agua, la luz, internet y teléfono cuando desempeñen su actividad desde casa.
Otra medida que entra en vigor, y que modifica lo establecido en tal sentido hasta la fecha, es la que permite a los trabajadores autónomos darse hasta tres veces de alta y de baja en el mismo año, pagando únicamente desde el día efectivo en que se den de alta o de baja en el RETA en lugar de por todo el mes, como sucedía hasta ahora. Sin olvidar que se igualmente se contempla la posibilidad de cambiar la base de cotización hasta cuatro veces en el mismo año, pudiendo adecuar así la misma a sus ingresos reales.
  • El Ministerio de Empleo y Seguridad Social prevé abordar una subida de la pensión de viudedad de hasta el 60% de la base reguladora, que actualmente se sitúa en el 52% con carácter general. Todo ello a tenor de lo establecido por la Ley 27/2011, que emplazaba al Gobierno a la adopción de cuantas medidas reglamentarias fueran oportunas para que la cuantía de la pensión de viudedad a favor de pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública ni otros ingresos alcanzara dicho nivel.
El aumento se produciría en dos años, mediante un incremento del 1% durante el año 2018 y del 7% a lo largo de 2019.

 
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