CASO PUJOL, ENTRE LOS JUZGADOS Y EL PARLAMENT
Rafael
del Barco Carreras
Barcelona
17-09-2014. Entre sus señorías en el Debate de Política General del
Parlament de Catalunya, y las declaraciones de Jordi Pujol jr. ante
el Juez Ruz, los catalanes de a pie, o sea los que hablan solo
castellano, la mitad o más, los que hablan en catalán preferentemente, menos de
la mitad, o los que somos bilingües y se nos dispara cualquiera de las dos
lenguas según un mecanismo casi incomprensible, andamos desorientados. O somos
unos supinos ignorantes, o quieren que lo seamos, o estamos en “Can Garlanda”,
variante de “Can Seixante”, equivalente a la “casa de tócame roque” o “merienda
de negros”.
Intentaré
explicarme a mí mismo lo que no comprendo. En primer lugar, para despejar
incógnitas, me digo que a Pujol Ferrusola, se le entiende
todo. Incluido el curioso dogma que la gente no va por el mundo con maletas
llenas de dinero, lo que dicho ante un juez significa que él, que no es
de este mundo, las llevaba. Tiene cierta razón, ya ni los narcos viajan con
millones ¡que también!, pues siempre se intentan trasferencias entre paraísos
fiscales, pero cuando las circunstancias aprietan las maletas solucionan pagos
entre los que ya ni se fían de Suiza y similares.
A
su amigo el abogado Juan Piqué Vidal le pillaron ante un jet
privado con un montón de millones ¡de euros! (Operación Tacos ¡nueve años! y
sin juicio ¡2.000 kg. de cocaína!), y el amigo de su padre, el juez
Luís Pascual Estevill, a pesar de tener una cuenta en Suiza con 600
millones de pesetas, gustaba que le trajeran al juzgado bolsas con hasta 50
millones de pesetas, que sin rubor ingresaba en los bancos cercanos a su
oficina. Inmunidad e impunidad. La erótica de los montones de millones. ¡Y
entiendo hasta lo de “dinamizador” de negocios!
¡Dinamizar! No da lo mismo que un
empresario extorsionado, o beneficiado con una obra pública, te diga que te
ingresará en Suiza, que tras abrir la caja fuerte te suelte varios montones de
relucientes y crujientes billetes. Acto seguido, se coge el mejor coche de la
extensa cuadra, se recoge a la novia ¡y a Andorra! Para más INRI se llama por
teléfono confirmando que el camino se halla limpio y expedito. ¡Qué gozada!
¡Qué dinamismo! No es cuestión de adrenalina, sino de sentirse como Nerón ante
el incendio de Roma. La erótica del Poder.
Hasta
aquí todo muy entendible, incluso el cabreo de Artur Mas en el
Parlament contestando a una señoría que él no es Pujol, y pide que se
le juzgue por lo que él haga. Y sinceramente, tras horas de discursos, ni
remotamente entiendo que va a hacer ante el 9-N. Y mi confusión se
enmaraña cuando leo la prensa. No me atrevo ni a opinar esperando que algún
comentarista me suelte:
1 COMENTARIO:
Anónimo dijo...
CONSULTA O
REFERÈNDUM ??
El TC permite la celebración de consultas populares en Cataluña
¿A quién beneficia la sentencia?
Texto completo de la sentencia del TC sobre el Estatuto de Cataluña (881
páginas, en PDF)
Podrán realizarse «consultas no referendarias en Cataluña, mediante las cuales
se recaba la opinión de cualquier colectivo sobre cualesquiera asuntos de
interés público a través de cualesquiera procedimientos»
MADRID
Día 09/07/2010 - 21.49h
La celebración de consultas populares en Cataluña, uno de los puntos
controvertidos del Estatut y objetivo de las partes recurrentes, que
consideraron clara la inconstitucionalidad del artículo, es, tal y como
establece la sentencia del Tribunal Constitucional publicada hoy,
«perfectamente conforme con la
Constitución » al determinar que el artículo sí establece una
distinción entre «consultas populares» y «referéndum», que sí han de celebrarse
mediante consentimiento estatal, distinción cuestionada en el recurso.
El TC permite la celebración de consultas populares en Cataluña
EFE
. El artículo 122 del Estatuto de Autonomía sobre consultas populares atribuye
a la
Generalitat de Cataluña «la competencia exclusiva para el
establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la
realización y la convocatoria por la propia Generalitat o por los entes
locales, en el ámbito de sus competencias, de encuestas, audiencias públicas,
foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con
excepción de lo previsto en el artículo 149.1.32 de la
Constitución ». Exactamente de esta última aclaración se vale
el Tribunal Constitucional para considerar, tal y como puede leerse en la
sentencia, que dicho artículo es constitucional… y sigue.
Ante
rollos semejantes, mejor no opinar, asegurando que a quién entiendo
perfectamente es al ministro Margallo. La
Vanguardia :
Margallo contempla suspender la autonomía para frenar la consulta
Carmen del Riego - El
ministro de Exteriores asegura que utilizará "todos los medios a su alcance"
para que no se llegue a producir
Y
siguen consiguiendo todas las portadas… mientras repito que para ellos no
existe el Paro… y tampoco la Corrupción ,
por la que todos deberían dimitir…