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Recordemos que en
diciembre de 2010, con ocasión de la huelga salvaje de controladores aéreos,
por primera vez en la historia democrática, el Gobierno declaró por decreto
el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del
transporte aéreo.
El Consejo de Ministros
declaró por Decreto el estado de alarma y un segundo Decreto, con
autorización del Congreso de Diputados lo prorrogó.
Algunos controladores
aéreos formularon demanda ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del
Supremo contra los Decretos del Gobierno que afectaban a su derecho de
huelga, y se tropezaron con un auto judicial que declaraba la inadmisión
por falta de jurisdicción. Los controladores formularon un recurso de
amparo ante el Tribunal Constitucional, que por Sentencia de 28 de Abril de
2016 ha declarado la conformidad a derecho de tal inadmisión, afirmando que
no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva del art.24 de la
Constitución. Pero veamos el razonamiento del Tribunal Constitucional para
excluir tales Decretos del control jurisdiccional ordinario... Leer más de esta entrada.
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