Libertad de información prima sobre la protección de datos. Caso expediente
sobre dopaje de un ciclista. No puede acreditarse la revelación del dato, porque
la fuente está sometida al secreto profesional.
En el presente caso, ha
quedado acreditado que en el periódico diario El País apareció una noticia
relativa a Don C.C.C., referida a un positivo en un control de dopaje.
Evidentemente, la noticia fue facilitada por alguien que tuvo conocimiento de
dicho positivo.
Pero, el periódico se niega a revelar su fuente y no se ha
podido probar el origen, por lo que no puede sancionarse por revelación del dato
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