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martes, 24 de enero de 2012

Libertad de informacion y protección de datos


Libertad de información prima sobre la protección de datos. Caso expediente sobre dopaje de un ciclista. No puede acreditarse la revelación del dato, porque la fuente está sometida al secreto profesional.
En el presente caso, ha quedado acreditado que en el periódico diario El País apareció una noticia relativa a Don C.C.C., referida a un positivo en un control de dopaje. Evidentemente, la noticia fue facilitada por alguien que tuvo conocimiento de dicho positivo.
Pero, el periódico se niega a revelar su fuente y no se ha podido probar el origen, por lo que no puede sancionarse por revelación del dato
 
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