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martes, 5 de noviembre de 2013

Administrador Gerente, la doble vara de medir de Hacienda al ataque

Administrador Gerente, la doble vara de medir de Hacienda al ataque

Enviado por Ramón Cerdá  

Hacienda se saca de la chistera una nueva interpretación de la figura de administrador gerente 


Administrador Gerente y otro absurdo criterio de Hacienda para apropiarse de lo que no es suyo

Indignante cuanto menos el hecho de que Hacienda vaya adaptando siempre sus criterios con el único fin de llenarse la saca con dinero que no le corresponde (en mi pueblo a esto se le llama robar). Me refiero en esta ocasión a la figura del Administrador Gerente.

¿Qué ocurre cuando en una empresa, administrador y gerente son la misma persona?

Por una parte, el criterio de Hacienda es que las retribuciones de gestión son gasto deducible para la empresa y tienen una retención variable como cualquier otra relación laboral.

Esta situación es bastante habitual, es decir, ser administrador y no cobrar por ello (con lo cual no es aplicable la retención del 42% fija), y por otro lado asignar un sueldo por las labores de gestión o de otro tipo que se realicen.

Hasta ahora no parecía haber problema, pero según una reciente consulta, Hacienda saca de su chistera mágica un nuevo criterio que dice que las labores de un gerente o director general quedan englobadas dentro de las funciones propias del administrador. Y de ahí a decir la siguiente burrada solo ha sido necesario un pequeño paso:

- Si los estatutos dicen que el cargo de administrador es gratuito (o siendo una S.L., simplemente no se dice nada en los estatutos), ni la retribución como administrador ni el salario de gerencia serán gastos deducibles.

Bajo mi punto de vista, otra canallada de Hacienda, porque según la Ley…

TODOS LOS GASTOS NECESARIOS PARA GENERAR INGRESOS SON DEDUCIBLES… ¿y desde cuándo la gestión del administrador gerente no es necesaria para la generación de ingresos?

Además, ¿qué tiene que ver una cosa con otra? Cuando los estatutos hablan de retribución del administrador (gratuita o no), lo hacen en relación a las funciones mercantiles inherentes al cargo, PERO NUNCA A OTRAS FUNCIONES.

En definitiva, otro abuso más a tener en cuenta.

Ramón Cerdá

 
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