Abonos ¿Se pueden hacer cuando las facturas corresponden a servicios?
La política empresarial de emitir abonos (facturas rectificativas que minoran o incluso anulan otra anterior) está muy extendida, y a menudo se utiliza como recurso para anular facturas que han resultado impagadas, pero eso no puede hacerse en ningún caso, ni cuando se trata de productos, ni cuando se trata de servicios. No obstante, tratándose de productos podría ser que el cliente nos hubiese devuelto los mismos al no poder atender la factura, en cuyo caso sí que podemos realizar los abonos para que todo vuelva a la normalidad, pero siendo servicios, el cliente no los puede devolver, de ahí el problema añadido de hacer abonos cuando se trata de facturas de servicios.
Así y todo siempre queda la posibilidad si se puede justificar de alguna manera, de hacer abonos de facturas de servicios aplicando descuentos adicionales.
Hay que tener en cuenta que Hacienda suele ser bastante estricta en esto de los abonos y de entrada solo los admite cuando la factura original no cumple alguno de los requisitos formales legalmente establecidos, o cuando la cuota de IVA se hubiese calculado o establecido erróneamente. El plazo para rectificar facturas y hacer los abonos es de cuatro años, no desde el devengo, sino desde el momento en que se producen las causas.
Cuando se suelen admitir:
• En devoluciones de envases y embalajes susceptibles de reutilización.
• En descuentos otorgados con posterioridad que estén debidamente justificados.
• Por resolución firme, judicial o administrativa.
• En devolución de materiales y productos.
Está claro que las empresas y autónomos, ante la injusticia que supone tener que pagar el IVA de facturas no cobradas, seguirán haciendo abonos en muchas de estas ocasiones, pero hay que tener en cuenta que es algo irregular (por muy correcto que pueda parecer) y que Hacienda puede sancionar por ello.
Recordemos que aunque Hacienda (dicen) somos todos, a ellos les importa un carajo que los empresarios cobren sus facturas o no, lo que realmente les importa es que paguen el IVA y los impuestos pertinentes... lo de cobrar o no la factura es problema del empresario.
Ramón Cerdá
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