Entrada
en vigor de la Ley
de Patentes
El 01-04-2017, entra por en vigor la nueva Ley de
Patentes (BOE de 25-07-15) y que entre otros efectos, supone las
siguientes innovaciones, respecto a la
Ley anterior, por las invenciones que realice un trabajador
durante la relación laboral:
·
Compensación
económica.- Las empresas deberán abonar al trabajador en
caso de que estas asuman la titularidad de una invención llevada a cabo por
este de una compensación. Dicha
compensación podrá consistir en una participación en los beneficios que
obtengan en la explotación o cesión de la invención (art. 17.2 de la Ley).
·
Plazo para comunicar la
invención.- El trabajador está obligado a comunicar a la
empresa en el plazo de un mes que ha llevado a cabo una invención,
expresando por escrito los datos e informes necesarios para que aquella pueda
ejercitar los derechos que le correspondan.
·
Caducidad del derecho.- Si
la empresa en el plazo de tres meses, contados a partir de recibir la
comunicación del trabajador, no manifiesta a este su voluntad de asumir la
titularidad de la invención caducará su derecho, pudiendo entonces el
trabajador solicitar personalmente la inscripción de la patente en el oportuno
Registro
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