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Arrendatario de apartamento vacacional. ¿Está obligado
a colaborar con Hacienda?
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Como cada año, y este con mucho mayor énfasis que los pasados,
los señores de Hacienda se están pateando las calles en pleno verano en busca
de alquileres en negro. Su manera de proceder es muy simple, primero echan un
vistazo a los anuncios por internet para localizar los posibles apartamentos
alquilados (que lo sean en negro se presupone como hacen con todo) y luego van
y visitan al arrendatario de apartamento vacacional porque lógicamente el
propietario no está.
Obligaciones del arrendatario de apartamento vacacional
Desde luego, debe de molestar bastante estar en plenas
vacaciones lejos de casa y que se presente un inspector de Hacienda preguntando
por los detalles del alquiler, pero lo primero que se me ocurre es que el
inquilino no está obligado a atender para nada a estos señores, con lo cual la
historia se terminaría pronto si la gente lo tuviera claro.
De hecho parece ser que en inspecciones anteriores los señores
de Hacienda no han tenido mucho éxito y quizás por eso este año lo han hecho
acompañados de la policía, con el fin de forzar al arrendatario de apartamento
vacacional a colaborar en la inspección. No sé hasta qué punto una cosa así
está justificada sin denuncia previa de que están molestando a los vecinos o de
que se está haciendo algo ilegal en el apartamento. Por eso, aun en el supuesto
de ir acompañados por la policía, yo no tengo muy claro que deba atenderlos; no
creo que lleven ninguna orden judicial y la excusa que ponen de inspeccionar el
estado del apartamento para ver si cumple los requisitos para ser alquilado no
me parece sostenible. En todo caso entiendo que, o debieran ir con una orden
judicial, o bien tendrían que requerir o citar al propietario y que fuera él
quien les enseñase el apartamento.
Dicen que han incrementado las inspecciones a petición de los
hosteleros, descontentos con esta competencia desleal, pero supongo que los
objetivos son distintos; han visto la posibilidad de sancionar a un buen número
de ciudadanos de manera bastante sencilla y han salido a la calle, eso es todo.
No me parece creíble que hayan salido en agosto con las lanzas, cual caballeros
andantes a defender a los hosteleros.
Si alguien con más conocimientos jurídicos que yo nos quiere
aclarar hasta qué punto el arrendatario de apartamento vacacional está obligado
a atender al tándem agente tributario/agente de policía, agradecería la
información. Mientras, en el supuesto de que yo me fuese de vacaciones (que ya
es mucho suponer) y arrendara uno de esos apartamentos, no atendería una
inspección que no me atañe.
Otra pregunta que se me ocurre: ¿no puedo yo dejarle a unos
amigos el apartamento durante el verano si no lo voy a utilizar y no lo he
podido alquilar? ¿Tendría que cobrar y liquidar IVA por ello?
Ramón Cerdá