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jueves, 16 de octubre de 2014

No doy crédito a lo que está sucediendo con la Justicia El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, convierte en una denuncia personal un atestado elaborado por la Guardia Civil de Lugo.

No doy crédito a lo que está sucediendo con la Justicia

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, convierte en una denuncia personal un atestado elaborado por la Guardia Civil de Lugo.

No queda otro remedio que empezar manifestando esa frase tan usada por los políticos "acato la resolución judicial pero no la comparto", pues lo entiendo como una falta de respeto a la función que la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por la que obliga a los agentes de policía judicial a poner en conocimiento de la autoridad cualquier indicio de infracción penal.

Para los profanos en leyes os expongo el artículo de la citada Ley:


ART 262

Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un delito flagrante.
Los que no cumpliesen esta obligación incurrirán en la multa señalada en el artículo 259, que se impondrá disciplinariamente.


ART 282

La Policía Judicial tiene por objeto, y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, y recoger todos los efectos, instrumentos o pruebas del delito de cuya desaparición hubiere peligro, poniéndolos a disposición de la autoridad judicial.

Bien, el caso es que yo, con ocasión de mis funciones como guardia civil (realmente somos agentes de la autoridad las 24 horas y tenemos las mismas obligaciones que durante el horario de servicio), recibo una serie de pruebas documentales cuyo contenido pudiera ser constitutivo de una infracción penal  y lo pongo en conocimiento de la autoridad judicial y la fiscalía, mediante la elaboración de una diligencia de exposición de hechos que da inicio al atestado policial. Los agentes de la autoridad usamos un número T.I.P para evitar que se nos pueda identificar en nuestras actuaciones policiales - con ese T.I.P estamos identificados a nivel interno- y en el atestado en cuestión hice lo mismo que hacemos con todos los atestados que diariamente se realizan por los cuerpos y fuerzas de seguridad.

El caso es que desde el juzgado de instrucción nº TRES de Lugo, se da orden para que se identifique al agente que formula la denuncia a través del atestado, es decir, a mí, y como no puede ser de otra manera se cumple con dicho requerimiento no sin antes dejar constancia por escrito que se está violando el derecho a que mi identidad personal no aparezca dentro de un procedimiento en el que yo soy actor denunciante en el ejercicio de las funciones que la Ley me confiere, y que dicho hecho pondrá al descubierto mi identidad personal en todos los atestados en los que yo haya participado, tan sencillo como asociar la TIP con la que redacté la diligencia de exposición de hechos con mi nombre y apellidos, que como he explicado el juzgado ordenó tal diligencia. Mi propia seguridad personal, y hasta la de mi familia se puede ver en riesgo.

Como relataba mi función como agente de policía judicial es la de poner unos hechos que yo entiendo pudieran ser delictivos, pudieran ser, pues la calificación en todo caso no me corresponde a mí, para eso tenemos a las autoridades judiciales y a la fiscalía.

En el día de ayer, y para mí sorpresa, recibo en mi domicilio la notificación de un auto de la sala  CIV/PE del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dirigido a mí, con mi nombre y apellidos, haciendo alusión que soy el denunciante y en ningún caso el guardia civil, sólo el denunciante, por el que se acuerda archivar las actuaciones al considerar que no hay delito y que al no haber presentando querella con letrado y procurador no se podía admitir.

¿Desde cuando la Guardia Civil, necesita de abogado y procurador en el marco de sus actuaciones como agentes de la autoridad?

Evidentemente yo comprendí que o bien desde el juzgado nº tres de Lugo, o bien desde la unidad orgánica de policía judicial de Lugo, se habría dado "otra forma de curso legal" a mi actuación como agente de la autoridad. La diferencia es relevante, si el denunciante soy yo a título personal la Guardia Civil, se lava las manos y le dice a la autoridad judicial que es el guardia por su cuenta el que pone la denuncia, pues del otro modo sería la propia Guardia Civil, como Institución policial la que entraría de lleno, por obligación legal, a investigar los hechos descritos en el atestado policial.

Realmente es más que deplorable el trato que como funcionario policial estoy recibiendo y es así, al menos los indicios me lo hacen entender así, que todo ello viene por haber denunciado unos hechos en los que la denunciada lo fue una Magistrada.

Desconozco la artimaña legal que se ha podido emplear para tales hechos pero ya he puesto el asunto en manos de abogados para tratar de aportar algo de luz a una escena oscura, cavernaria, insólita, pues en 22 años de servicio, en los cuales he participado en la elaboración de muchos atestados policiales, jamás me ha sucedido algo igual.

Pero esto no se queda aquí, según alguna fuentes que yo considero solventes, al parecer, supuestamente  altos mandos de la Guardia Civil, estarían buscando la formar legal de abrirme un expediente disciplinario para de eso modo salvar la cara ante el Poder Judicial, pues según ellos, textualmente " Hay que joderlo", en referencia a mí persona. Siempre es más fácil romper la cuerda por el lado más débil aun sin tener razón.

Y es preocupante el hecho de que se pueda alterar la participación de un agente de la autoridad es unos hechos, sí interesa actúa como funcionario policial y si no nos interesa lo ponemos como particular por lo que a partir de la fecha habrá que tener mucho cuidado con quién metemos en diligencias.

Auto del TSXG y contestación:










 
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