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sábado, 8 de agosto de 2015

LA SOCIEDAD HA EMPEZADO A VER AL DEFRAUDADOR COMO UN MAL CIUDADANO

LA SOCIEDAD HA EMPEZADO A VER AL DEFRAUDADOR COMO UN MAL CIUDADANO

Día 19 de julio de 2015.- Luis Gancedo.- Entrevista a  Iñigo Gorostiza Jiménez (Fiscal delegado de delitos económicos en Asturias).

Íñigo Gorostiza (Valladolid, 1960) es la persona encargada de coordinar la investigación de los delitos económicos dentro de la Fiscalía Superior de Asturias. Destinado en la región desde 1996, lleva siete años al frente de una sección que, con dos fiscales adscritos y la colaboración de tres más, tiene sobre la mesa decenas de asuntos sobre insolvencias punibles, fraude tributario o delitos societarios, hechos ilícitos que suelen producirse en el ámbito empresarial. El tratamiento de las empresas ha registrado cambios de alcance con la última reforma del Código Penal, en vigor desde el 1 de julio, a propósito de la responsabilidad de las personas jurídicas en los delitos. La nueva regulación supone de hecho que las sociedades, sean grandes o pequeñas, quedan obligadas a disponer de planes de prevención. Durante esta semana que acaba, Gorostiza ha manifestado que tales cambios se han hecho con precipitación.

"El modelo americano que hemos seguido para la responsabilidad penal de las empresas da problemas; Lehmann Brothers cumplía todos los requisitos”

-¿Por qué considera precipitada la reforma?
-En primer lugar, no se presentó ante el Consejo General del Poder Judicial ni al Consejo Fiscal, cuyo informe es preceptivo. Ni uno ni otro órgano han podido opinar. En segundo lugar, desde que se publicó en el BOE hasta su entrada en vigor sólo se estableció un plazo de tres meses, cuando para una reforma de este calado se suelen dar seis. Cambios de tanto alcance requieren de estudio, sobre todo éstos que afecta tanto a las empresas, que adquieren unas responsabilidades y debieron disponer de más tiempo para prepararse.

-¿Qué problemas traen esas prisas?
-La dificultad más relevante es la falta de preparación de las empresas de cara a lo más importante: la introducción de los planes de prevención de delitos como causa eximente de la responsabilidad penal. Para no incurrir en responsabilidad necesitan esos programas de prevención y, lógicamente, a muchas de ellas no les ha dado tiempo a dotarse de ellos.

-Muchas empresas están desorientadas, con dudas sobre cómo actuar. ¿Qué es un programa de prevención de delitos?
-A grandes rasgos consiste en primer lugar en un "mapa de riesgos", que será distinto en cada empresa. Una que trabaja con productos químicos, por ejemplo, corre muchos más riesgos de cometer un delito contra el medio ambiente que otra que distribuye golosinas. Su plan de prevención deberá analizar qué tipos de delitos corre riesgo de cometer. A partir de ahí, tiene que evaluar su sistema de funcionamiento, ver las normas que regulan el sector y crear un modelo de prevención, con órganos de vigilancia, un canal de denuncias, un responsable...

-¿La reforma es clara sobre los requisitos?
-Ha sido muy criticado que en el Código Penal (artículo 31 bis) se detalle de una manera muy pormenorizada las condiciones que deben cumplir los planes de prevención. En primer lugar, esa materia no es propia de un Código Penal, debería ir en la legislación mercantil. Haberlo introducido en el Código va a obligar a nuevas reformas. Seguro que cuando esto ya haya rodado se va a comprobar que existen omisiones, porque es muy difícil prever cuáles deben ser los requisitos para todas las empresas. Por eso la normativa tenía que haberse desplazado a otro tipo de leyes.

-¿No convienen los cambios frecuentes en una norma como el Código Penal?
-El Código de 1995 dice en su preámbulo que la idea de estabilidad y fijeza le es inherente, pero en veinte años se han producido más de treinta. Lógicamente, las normas penales no pueden cumplir su función si cada poco están cambiando. La responsabilidad penal de las personas jurídicas entró en vigor el 23 de diciembre de 2010 y en el primer trimestre del año siguiente ya se había cambiado el Código en esta materia otra vez. Los destinatarios de la norma, los que la tienen que cumplir, en este caso los empresarios, se ven con muchas dificultades para saber exactamente cómo es la norma, en qué términos les obliga.

-En cierta medida, se convierte al empresario o a sus empleados en policías...
-Es el sistema americano. Como la propia responsabilidad penal de las personas jurídicas se importa de los Estados Unidos, los programas de prevención de delitos, también. Hablamos de autorregulación. En esto hay dos teorías: una que es más próxima a las empresas, que dice que ellas son capaces de autorregularse, y otra que defiende que en estas materias de delitos de empresa debe haber intervencionismo estatal, que sea el Estado y no las empresas quien determine cómo se deben controlar este tipo de actividades. Y algo de razón habrá cuando cada vez que se dan pasos en la regulación de los programas de prevención en EE UU aparece un escándalo: Enron, Madoff? El caso más paradigmático es el de Lehman Brothers en 2008. Aparentemente, cumplía con todos los requisitos de prevención de delitos y sin embargo protagonizó la mayor quiebra de la historia.

-¿Sería mejor, por tanto, que la competencia fuera del Estado, el modelo que llama intervencionista?
-No entro ahí. Es una decisión del legislador. La tomó en el 2010 y es un camino que no parece que se vaya a desandar. Lo que sí digo es que se copió un modelo, el americano, que cada muy poco tiempo está dando problemas. Lo que no quiere decir que no los pudiera dar también la alternativa intervencionista.

-La responsabilidad penal de las personas jurídicas no es un concepto propio del derecho continental europeo. ¿Ha sido oportuno introducirla?
-Es una decisión. Una valoración personal mía no tendría ningún valor. Pero si es verdad que no estábamos obligados a hacerlo y también que en Europa lo han hecho ya todos los países que seguían el derecho continental, con sólo dos excepciones: Alemania e Italia. Las normas de la UE obligan a sancionar estas prácticas de las empresas, pero no a que la sanción sea concretamente penal.
-La reforma y los planes de prevención estimulan que unos directivos o empleados se denuncien a otros dentro de la empresa. La delación no tiene buen cartel en nuestra cultura...
-De nuevo se sigue el modelo americano, con la figura del chivato. Para que quien tiene responsabilidad en la empresa sepa que se están dando prácticas que pueden dar lugar a la comisión de un delito alguien se lo tiene que decir y normalmente serán empleados de la propia empresa. Ésta tendrá que prever un canal para que la denuncia se curse. En España, efectivamente, existe una cultura determinada y está mal vista la delación, igual que existe cierta connivencia con el que no paga a Hacienda. A esa persona que delata habrá que garantizarle el anonimato para que no exista ninguna represalia por haber puesto en conocimiento del programa conductas delictivas.

-¿A qué penas puede ser condenada una empresa?
-A diferencia de las personas físicas, la empresa puede ser condenada a la pena de muerte, a la disolución. Ahora bien, la pena más habitual va a ser la de multa. Entre la disolución y la multa, está el cierre de locales, la intervención judicial, la prohibición de ciertas actividades?
-La responsabilidad penal de las personas jurídicas ya existe desde 2010. ¿Cuál ha sido la experiencia de estos años en los juzgados?
-Es otro de los aspectos en los que pudiera considerarse precipitada la reforma. En casi cinco años de vigencia de la anterior no tenemos aún una sentencia del Tribunal Supremo que haya podido sentar doctrina, y las sentencias de las audiencias provinciales son escasísimas. No se sabe qué es lo que ha dado de sí el sistema.

-Vuelve a estar muy vivo en Asturias el debate sobre la falta de medios de la Justicia. ¿Hay carencias severas para la persecución de los delitos económicos?
-Estamos cojos de medios. Sería de desear que, teniendo en cuenta el volumen de asuntos y su complejidad y considerando que la formación de los fiscales es fundamentalmente jurídica, contáramos con unidades de apoyo específicas. Por ejemplo, cuando nos tenemos que enfrentar al examen de contabilidades u otros modos de actuar de las empresas. A partir de ahora también vamos a necesitar ese tipo de ayuda cuando nos toque examinar los planes de prevención de delitos.

-¿Trabajan ahora sin apoyo de expertos?
-Los andamos buscando como podemos. Más bien es puro voluntarismo que un canal de ayuda establecido.

-¿Son grandes los retrasos de la Justicia con los delitos económicos?
-Hace un tiempo se calculó que la media en ciertos delitos era de siete años entre la comisión y la sentencia. Los asuntos más sencillos van rápido, pero otros ser retrasan. Los delitos económicos tienen un retraso crónico por su naturaleza. Son complejos y requieren una prueba específica que es muy costosa que obtener.

-¿Cómo ha evolucionado el volumen de asuntos con la crisis?
-Las estadísticas nos dicen que los nuevos casos de delincuencia económica han bajado, pero se arrastran muchos asuntos de años anteriores. Supongo que esa caída tiene que ver con la reducción del número de empresas por la crisis. Pero es sólo una suposición.

-El fraude fiscal es cada vez más sofisticado...
-Es evidente que cada vez más se acude a paraísos fiscales, se interponen empresas y hay una elaboración más compleja. Es paradigmático en el fraude del IVA. Empezó con unas maniobras muy sencillas, pero cada agujero que tapaba la UE para evitar ese tipo de delitos daba lugar a que quienes se estaban enriqueciendo con esa actividad buscasen nuevos mecanismos.
-Europa lleva años intentando frenar el "fraude carrusel", un método muy dañino que permite a la delincuencia organizada enriquecerse con el IVA utilizando la exportación dentro de la UE y la ingeniería societaria...
-Se pierden importantes cantidades de dinero en concepto de fraude de IVA y hay una actividad importante de la UE y de los distintos países para frenarlo. Se invierte y se lucha con ello. En España, la competencia corresponde a la Audiencia Nacional y sólo determinados flecos acaban juzgados provinciales. Pero uno de estos flecos puede hundir un juzgado, porque puede suponer doce tomos de documentación.

-¿La creencia de que los delitos económicos quedan impunes se está corrigiendo?
-Basta con atender a los medios de comunicación para comprobar que el vuelco en el plazo de diez años ha sido vertiginoso, aumentando mucho el número de personas ingresadas en prisión por este tipo de delitos. No están todos los que deberían de estar, es evidente, pero el camino que estamos recorriendo es el adecuado.

-¿Cómo se está haciendo?
-Hay un poco de todo. Ha habido cambios legislativos, mayor interés por parte de la Fiscalía General en que se persigan estas conductas. Y la propia sociedad ya no ve al defraudador como aquel hombre que es más listo que los demás y que por eso paga menos. Se le empieza a ver como lo que es: si defrauda más de 120.000 euros es un delincuente y si defrauda menos, un mal ciudadano, por más que se esté enriqueciendo.

-¿Cree verdaderamente que está creciendo el reproche social hacia el defraudador cuando la evasión de tributos como el IVA es algo cotidiano?
-Eso lo tenemos que percibir todos y cada uno. Entre las personas que yo me muevo sí lo percibo. Antes era un escándalo. Se llegaba a considerar el fin del Estado de derecho que determinadas personas estuvieran imputadas por un delito contra la Hacienda pública. Se decía: "¿pero cómo pueden haber imputado a fulanito?". Ahora se le imputa y a la gente le parece bien.
-Pero también sigue extendida la impresión de que el nivel de tolerancia social hacia la evasión de impuestos es aún muy alto en España...
-Por eso digo que no están en prisión todos los que tenían que estar, pero el camino que se está recorriendo es el adecuado, se progresa. Cada vez hay más procedimientos y cada vez se recupera más dinero

 
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