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miércoles, 12 de agosto de 2020

Millán Calenti censurado, los estudiantes se movilizan ante la petición del periodista Miguel Delgado, que pide a la Universidad de Santiago y a sus estudiantes que no asistan a las clases de Millan Calenti.



La ética y moral del funcionario público y profesor de universidad queda reflejado/a en la figura de Rafael Álvaro Millán Calenti pidiendo medidas cautelares para "privar de 6 euros" a un periodista que denuncia la corrupción.

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12 Agosto 2020  84 votos

rafaelalvaromillancalenti ejemplo de miseria humana falta de etica y ejeplaridad2


Miguel delgado, le acusa públicamente de mostrar en documentos judiciales su faceta más miserable, inmoral, falto de ética y ruindad, vengativo y mostrando la crueldad más horrible del ser humano, quitarle los alimentos a quien no los puede pagar, le considera indigno de ejercer la profesión de profesor por la bajeza moral que muestra publicamente ante la sociedad, realizar gestiones judiciales para quitarle la comida a quien tiene 6 euros diarios para comer, es lo que practica el Sr Maillan calenti, y lo hace y lo hizo tras perseguir judicialamente a su hermano aun despues de fallecer hace tan solo mes y medio, no lo decimos alegremente, lo mostramos en el escrito de su puño y letra presentado ante el juzagdo 1 de santiago de Compostela, EXIGIENDO EL EMBARGO DE LOS 6 EUROS QUE TIENE EN 3 CUENTAS EL PERIODISTA MIGUEL DELGADO, UNA DE ELLAS DE LA ONG SIN ÁNIMO DE LUCRO PLADESEMAPESGA, LO QUE CORRESPONDERÍA A 2 EUROS CADA UNA.. VER Rafael Álvaro Millán Calenti HORARIO DE CLASES EN LA USC..+

EL PERIODISTA PIDE APOYO A LOS ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD INSTÁNDOLES A QUE ABANDONE EL CLAUSTRO CUANDO DE CLASES EL SR MILLAN CALENTI MOSTRÁNDOLE ASI LA DISCREPANCIA CON SU ÉTICA Y MORAL EN LA FORMA DE ACTUAR y atacar a la Libertad de Cátedra y de Expresión y el art 20 de la Constitución..

¡ dime con quien andas y te diré quien eres !   

El utilizar sus conocimientos para lograr una condena anticipada a cualquier tipo de juicio o sentencia, la plasma en sus actividades de funionario público (letrado del Sergas-Sanidad), profesor asociado en la USC y Miembro de la Comisión del Código Ético del Medicamento de Galicia y otras muchas actividades, públicas y privadas que no le gusta dar a conocer y mostrando un gra temor a que sea de conocimiento público sus gestiones de fondos públicos e inclusive recaudando dinero utilizando los recursos públicos como en este caso la web del Sergas donde trabaja en la Xunta de Galicia para sus actividades o negocios privados

ver; https://xornalgalicia.com/attachments/article/13747/documentodelawebdesanidasergas-borradoyperitado.pdf o llegando a "encalomarle su web personal a una entidad pública que certifica desconocer las actividades de ese Sr... https://xornalgalicia.com/attachments/article/13747/FGK-certifica-que-desconoce-quien-oquienes-le-han-colocado-las-web-de-calenti-sin-autorizacion.pdf.

El Sr Rafael Álvaro Millán Calenti parece desconocer y por ello el recordamos que;

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. (Artículos 52 a 54) en el que se incluye el Código ëtico del personal de la Xunta de Galicia https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2014/20140919/AnuncioG0244-160914-0003_es.html

Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

Las reglas y los principios establecidos en el RD Legislativo 5/2015 informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.

Principios éticos

Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.
Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.
Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.
No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público.
No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.
Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.
No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.
Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia.
Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos.
Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.

Principios de conducta
Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.
El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.
Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.
Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.

La ética del servidor público, responde a dos aspectos fundamentales: una obligación de carácter moral que es propia del individuo, es decir, la conciencia que debe tener el servidor de que sus actos debe adecuarlos a normas de conducta identificados con aspectos de responsabilidad, cumplimiento y honestidad.

La sociedad democrática del siglo XXI es una sociedad plural, en la que los ciudadanos reconocen unos mínimos morales basados en los Derechos Humanos, lo que supone que deberían participar en la búsqueda del interés colectivo y ser responsables de sus deberes y obligaciones. En este contexto ha ido adquiriendo importancia la formación en valores en todas las etapas educativas, haciendo necesaria la preparación del docente para afrontarlo.

Antes de compartir nuestra experiencia sobre este aspecto en el ámbito universitario, consideramos que puede ser importante aclarar algunos conceptos que pueden ayudar a entender mejor nuestros planteamientos. Tanto la ética como la moral hacen referencia a aquel saber que orienta al individuo con el fin de forjar un buen carácter (Cortina, 1997).

Leer más...https://www.xornalgalicia.com/galicia/15540-la-etica-y-moral-del-funcionario-publico-y-profesor-de-universidad-queda-reflejado-a-en-la-figura-de-rafael-alvaro-millan-calenti-pidiendo-medidas-cautelares-para-privar-de-6-euros-a-un-periodista-que-denuncia-la-corrupcion


 
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