LABORAL Declara legal el despido con 33 días y el límite del pago de salarios de tramitación

El Tribunal Constitucional avala la reforma laboral de Rajoy

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, en el Congreso de los...
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, en el Congreso de los Diputados. BERNARDO DÍAZ  FRANCISCO NÚÑEZ Madrid
Por siete votos a favor y cuatro en contra, el Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la regulación de las indemnizaciones por despido improcedente que introdujo el decreto ley de reforma laboral al pasar de los 45 días durante 42 mensualidades como máximo antes de dicha reforma a los 33 días y 24 mensualidades a partir de febrero de 2012.
El Constitucional avala la regulación de las indemnizaciones por despido improcedente
También ha declarado constitucional la limitación del cobro de los salarios de tramitación en casos de readmisión. De esta forma, cuando el despido sea declarado improcedente o nulo, el empresario, en cinco días hábiles desde la sentencia, deberá readmitir al trabajador o abonarle la indemnización de 33 días de salario por año trabajado. Pero, en caso de que opte por la readmisión, será entonces cuando deberá abonar los salarios de tramitación equivalentes a la cuantía de los salarios dejados de percibir desde la fecha la fecha del despido declarado improcedente hasta la de la notificación de la sentencia.
El Alto Tribunal ha justificado además el uso del decreto como procedimiento de urgencia para realizar esta reforma laboral.
De cualquier forma, este pronunciamiento es consecuencia del rechazo a una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Social 34 de Madrid. Desde la aprobación del decreto, esta institución ha rechazado por defecto de forma otras 16 cuestiones de inconstitucionalidad presentadas contra la norma. La diferencia es que ahora, por primera vez, ha entrado en el contenido del recurso.
Sin embargo, todavía está pendiente de dictaminar sobre el recurso presentado por el PSOE a finales de 2012, y admitido a trámite, contra esta reforma «por atentar contra los valores en los que se basa el modelo constitucional y atacar las bases del Estado Social de Derecho». El partido considera que la reforma atenta contra preceptos como el papel institucional reconocido a las organizaciones sindicales y empresariales, el derecho a la libertad sindical, a la negociación colectiva y del trabajo, así como a la tutela judicial efectiva.
En concreto, el PSOE impugna nueve artículos de la reforma laboral. Los recursos más importantes son contra el artículo 14.1, que atribuye a una Comisión Consultiva de Convenios Colectivos la inaplicación de los pactos para favorecer el descuelgue;el 14.2, que da preferencia «incondicionada» a los convenios de empresa frente a los de otro ámbito; y el 12.1, que faculta al empresario a modificar unilateralmente las condiciones de trabajo acordadas.