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martes, 21 de enero de 2014

Defensa de la Competencia expedienta a seis procuradores por pactar tarifas


Defensa de la Competencia expedienta a seis procuradores por pactar tarifas


Los profesionales de Ponteareas notificaron a sus clientes que todos cobran la misma minuta
El colegio de Vigo ha iniciado la tramitación de una sanción disciplinaria 
  
(la voz | vigo) 
El Tribunal de Defensa de la Competencia abrió expediente e imputó a los seis procuradores del partido judicial de Ponteareas después de que un cliente los denunciase por pactar el precio de sus tarifas hace un año. El Colegio de Procuradores de Vigo tramita actualmente un expediente de sanción disciplinaria, que podría alcanzar los 1.200 euros por profesional si no se archiva la denuncia. 

La nueva ley permite a estos juristas que gestionan la documentación de los juicios subir o rebajar un 12% la tarifa oficial que marca el arancel. Dicho precio se calcula en atención a un baremo que es mayor según la importancia del juicio y las gestiones desempeñadas. La presencia de estos profesionales es perceptiva en cualquier pleito civil o penal. La competencia es muy grande y se ha dado el caso de algún procurador que perdió un contrato millonario porque aplicaba estrictamente el arancel, mientras sus rivales negociaron una rebaja con el cliente. Otros realizan a veces las gestiones gratis a una persona sin recursos, aunque el profesional está obligado a abonar el arancel. 

Para evitar el regateo con el cliente, supuestamente, los seis procuradores de Ponteareas, llegaron a un acuerdo entre ellos para negarse a hacer rebajas y ceñirse al baremo oficial. Así lo notificaron a sus clientes en un escrito firmado por todos ellos que explicaba que, desde marzo del 2004, se negaban a pactar su minuta y rechazaban el artículo 2 del Real Decreto 1373/2003 que permite recortar o aumentar en un 12% el coste del arancel de derechos. 

Dicho documento suscrito fue la prueba que presentó un cliente ante el Tribunal de Defensa de la Competencia, un órgano que vela por la libertad de la oferta y la demanda y evita así que existan monopolios. La empresa Equipo Integral de Asesoría Sociedad Cooperativa Gallega se quejó de que no podía contratar al procurador más barato porque todos cobraban lo mismo. 

Distorsión 

El tribunal dio la razón al demandante. «Los procuradores se consideran como una asociación y con sus acuerdos tratan de impedir la competencia en parte del mercado, y que además distorsiona gravemente las condiciones de competencia en el mercado, lo que causa un grave perjuicio a los clientes», señala la sentencia. 

Recuerda, además, que la ley prohíbe la aplicación en las relaciones comerciales o de servicio en condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros. 

El mismo fallo califica de fraudulenta la actitud de los procuradores con la supuesta intención de controlar el mercado, «tratando de cortar de raíz cualquier intento de otros profesionales de realizar actividades similares a las de un procurador». El tribunal propone la apertura de un expediente de investigación y sanción a los procuradores por unas actuaciones «que vulneran la Ley de la Competencia». 

El Colegio de Procuradores de Vigo guarda silencio, mientras continúa la tramitación del expediente disciplinario. 




Un correo de lujo que encarece el proceso en un cincuenta por ciento, la constitución y su parte dogmática intenta hacer valer los derechos fundamentales mientras esta figura hace inviable el acceso de los pobres a la justicia.

El Ministro de Justicia, establece un plan piloto en zaragoza para extenderlo a todo el territorio para comunicar a los abogados directamente con los juzgados a través del correo electrónico y nuevas tecnologías, y de la firma electrónica y por otro lado permite que una figura "cartero de lujo", siga actuando en monopolio y no permitiendo el acceso del resto de los universitarios al sistema postal de lujo, contradiciendo la reforma europea de bolonia del año 1999.

Procuradores: la garantía del justiciable
El procurador de ayer a hoy
El "PROCURADOR" de los romanos, el "PERSONERO" de las PARTIDAS de Alfonso X el Sabio (sgl. XII), EL PROCURADOR, desde el siglo XVIII es:
QUIEN COMPARECE EN EL JUICIO EN REPRESENTACION DE OTRO.
Esa representación se ha ido especializando. Hoy se diferencia entre representación legal, voluntaria y procesal. Según la actual Ley Orgánica del Poder Judicial.
EL PROCURADOR ES EL REPRESENTANTE PROCESAL
¿Qué hacen los Procuradores?
Seguir el proceso, estar pendientes de recoger documentos " servicio postal " y tener informados al cliente  " ni lo conoce ni lo conocerá" y a su abogado, presentar lo que le manda el técnico abogado y recoger lo que le da el juzgado.
Responsabilizarse de todos los trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.; asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su cliente. nadie los ve.
Transmitir al abogado todos los documentos e instrucciones que lleguen a sus manos.  Es verdad, recoge y entrega.
Pagar los gastos que se generen a instancia del cliente y dar cuenta documentada de los mismos. No es cierto, los paga el cliente en una cuenta o en negro.
LA RELACION ENTRE EL TRIBUNAL Y EL JUSTICIABLE SE HACE A TRAVES DEL PROCURADOR
¿A que está obligado un procurador?
A colaborar con los órganos jurisdiccionales en la Administración de la Justicia. como todo ciudadano.
A defender con profesionalidad los intereses de sus representados. No sabe ni de que van los asuntos.
A residir en su territorio o demarcación judicial. es cierto, norma anquilosada, sólo pueden trabajar en municipios, es decir, si está a un kilómetro de un juzgado de un ayuntamiento y a otro del otro sólo puede trabajar para un partido judicial, es inaudito.
A llevar documentalmente los datos precisos sobre los negocios que le haya sido encargados. 
A representar a los litigantes sin recursos económicos en los casos provistos por la ley.
¿Cómo entrar en contacto con un procurador?
En el colegio correspondiente previa petición y selección por el interesado. 
Según las recomendaciones del propio abogado. 
Por turno de oficio a requerimiento del Juzgado.
UN PODER ANTE NOTARIO O ANTE EL SECRETARIO JUDICIAL PERMITE AL PROCURADOR REPRESENTAR AL INTERESADO
Para ejercer de procurador es necesario:
Ser Licenciado en Derecho. 
Obtener el título de Procurador, expedido por el Ministerio de Justicia. 
Colegiarse donde se desee actuar. 
Pagar la fianza que exigen los Estatutos.  Claro sólo pueden ejercer los que tienen dinero, ejercer como carteros de lujo.
Prestar juramento o promesa ante el órgano que corresponda. El juramento lo pueden hacer ante el Rey arturo.
Organización profesional:
Los Colegios son los garantes y defensores de la profesión. 
Es obligatorio, por ello, la inscripción de los Procuradores en el Colegio. 
Los Colegios se rigen por una Junta de Gobierno presidida por el Decano y elegida democráticamente. 
El órgano supremo de coordinación de los Colegios es el Consejo General, que junto con la Asamblea de Decanos, son los máximos órganos decisorios y rectores de los Procuradores en España.

El caso interesa a las compañías de seguros
 
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