Mayoría de edad a los dieciocho años.
¿Desde cuándo?
by Ramón
Cerdá
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Ayer estaba buscando información en internet sobre la mayoría de
edad. Tenía algunas dudas sobre la fecha en que entró en vigor la legislación
que nos convierte en mayores de edad a los dieciocho años. La verdad es que el
tiempo pasa muy aprisa y hay cuestiones de las que acabamos perdiendo la
perspectiva y a veces se nos confunde con algunos bulos que circulan por ahí.
Recordé que hace un par de años hubo cierta polémica por las
declaraciones de un diputado sobre este tema, aunque yo no llegué a publicar
nada al respecto en el blog entonces. Aprovecho ahora para retomar la cuestión:
La mayoría de edad a los 18 años es anterior al Referéndum de la
Constitución.
En 1978 Joan Baldoví, diputado de Compromís, tenía veinte años.
Curiosamente hizo unas manifestaciones un tanto extrañas en el debate de la
abdicación del rey donde dijo que él, como otros muchos españoles, no pudo
votar la Constitución porque la mayoría de edad era por entonces de veintiún
años. Pero por lo visto le fallaron los cálculos, y no solo eso, sino que quedó
en evidencia que él no había votado la Constitución porque no había querido, y
no porque no podía hacerlo legalmente. O eso, o que de verdad pensaba que en
1978 él era todavía menor de edad. ¿Quién sabe?
Posiblemente por estas afirmaciones de Baldoví, sigue corriendo
por internet la falacia de que muchos jóvenes de entre 18 y 21 años, no
pudieron votar aquel referéndum. Por eso he pensado que resultaría interesante
retomar esta cuestión y dejar constancia de ello en el blog, aprovechando los
datos que he estado localizando para la novela.
La mayoría de edad quedó rebajada de 21 años a 18 por medio
del Real Decreto-Ley 33/1978, de 16 de noviembre.
[box type="warning"] Real Decreto-Ley 33/1978, de 16
de noviembre, sobre mayoría de edad. Rebaja la mayoría de edad a los 18 años,
desde los 21 anteriores. Publicado en el Boletín Oficial del Estado de 17 de
noviembre de 1978, entró en vigor, según su disposición final, el mismo día de
su publicación, o sea, el 17 de noviembre de 1978.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
PRIMERA
Lo dispuesto en el artículo primero del
presente Real Decreto-Ley tendrá efectividad, desde su entrada en vigor,
respecto a cuantos preceptos del ordenamiento jurídico contemplaren el límite
de veintiún años de edad en relación con el ejercicio de cualesquiera derechos,
ya sean civiles, administrativos, políticos o de otra naturaleza, sin que en
ningún caso se perjudiquen los derechos o situaciones favorables que el
ordenamiento concediera a los jóvenes o a sus familias en consideración a
ellos, hasta los veintiún años de edad, en tanto subsistan, en sus términos,
las normas que los establecen.
[/box]
Unos días antes de la publicación de este Real Decreto-Ley,
concretamente el 2 de noviembre, El
País publicaba un artículo en el que se mencionaba que la
aprobación prevista del R.D. sumaría un millón y medio al número de votantes.
[box type="info"] La convocatoria del referéndum
constitucional y un decreto-ley por el que se fija la mayoría de edad en los
dieciocho años serán los principales temas políticos que estudiará mañana el
Gobierno en el Consejo de Ministros que hoy prepara la comisión de
subsecretarios. La fecha del referéndum será, casi seguro el miércoles, 6 de
diciembre. En cuanto a la campaña del referéndum, el número dos del PSOE.
Alfonso Guerra expresó su criterio contrario a que el Gobierno preconice el sí
a la Constitución. Parece seguro que el Gobierno Suárez no atenderá este
consejo.El señor Guerra criticó negativamente que Adolfo Suárez pidiera a los
españoles, desde la tribuna de oradores del Congreso, el sí en el referéndum,
ya que, en opinión del PSOE, el Gobierno debe permanecer neutral y garantizar
que las opiniones en contra de la Constitución puedan expresarse sin coaciones.
El segundo partido parlamentario se opuso, el martes por la mañana en el
Congreso, a que el presidente del Gobierno interviniera en la sesión plenaria.
Fuentes de UCD relacionaron esta exigencia socialista como la señal de que el
consenso ya está roto y comienza una campaña encaminada a capitalizar
veladamente la Constitución como previa a la etapa electoral. En cuanto al
decreto-ley modificando la edad actualmente exigida para poder participar en el
referéndum -y que al rebajarla a dieciocho años permitiría un incremento de
votos próximo al millón y medio-, el ministro del Interior, Rodolfo Martín
Villa, se reunirá hoy con los representantes de los grupos parlamentarios de
ambas Cámaras para mostrarles su contenido. Asimismo, les consultará sobre las
normas del referéndum y la campaña correspondiente, incluida la intervención de
los dirigentes de los partidos en los medios de comunicación social del
Estado.[/box]
El Referéndum quedó aprobado mediante Real Decreto 2560/1978,
fijando la fecha de celebración para el 6 de diciembre de 1978, con lo que
queda claro que ya pudieron votar entonces todos los mayores de dieciocho años.
Yo tenía todavía quince, así que no estaba entre ese millón y medio de posibles
votantes adicionales.
A lo que íbamos:
En España existe la mayoría de edad a los dieciocho años desde
el 17 de noviembre de 1978, día de entrada en vigor del R.D. que lo aprobó.
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